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    Sobre derecho de acceso a la información relativa a las actividades del CSCAE

    ¿Cuál es la información pública que el ciudadano puede pedir y qué es objeto del derecho de acceso?

    Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos que integran el CSCAE y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

    ¿Quién puede solicitar información?

    Podrán ejercer su derecho de acceso a la información todas las personas, en los términos previstos en el artículo 105.b de la Constitución española.

    ¿Cómo puedo ejercer el derecho de acceso a la información?

    A través del formulario habilitado a tal fin y remitiéndolo a la dirección de correo especificada: ACCESO FORMULARIO SOLICITUD DE INFORMACIÓN

    Para conocer la tramitación del derecho de acceso a la información en los Colegios de Arquitectos puede acceder a: PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN EN LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS

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