Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

    El pasado 19 de mayo el Consejo de Ministros aprobó, mediante un Real Decreto, un nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios que actualiza el anterior de 5 de noviembre de 1993. El texto ha sido publicado en el BOE de hoy 12 de junio de 2017 y se puede consultar en el enlace https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-6606

    El objeto del texto es determinar las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios. El Reglamento regula las condiciones y requisitos que deben cumplir los equipos, sistemas y componentes de protección contra incendios, las condiciones de habilitación y funcionamiento de las empresas instaladoras y mantenedoras, las condiciones para la instalación, puesta en servicio, mantenimiento mínimo e inspecciones periódicas de estas instalaciones y el régimen sancionador.

    El Código Técnico de la Edificación y el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales establecen que el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, así como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en este Reglamento recién aprobada.

    Como se indica en la Disposición Quinta Final del RD, la entrada en vigor del mismo es a los seis meses de su publicación en el BOE.

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