El pasado 19 de mayo el Consejo de Ministros aprobó, mediante un Real Decreto, un nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios que actualiza el anterior de 5 de noviembre de 1993. El texto ha sido publicado en el BOE de hoy 12 de junio de 2017 y se puede consultar en el enlace https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-6606
El objeto del texto es determinar las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios. El Reglamento regula las condiciones y requisitos que deben cumplir los equipos, sistemas y componentes de protección contra incendios, las condiciones de habilitación y funcionamiento de las empresas instaladoras y mantenedoras, las condiciones para la instalación, puesta en servicio, mantenimiento mínimo e inspecciones periódicas de estas instalaciones y el régimen sancionador.
El Código Técnico de la Edificación y el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales establecen que el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, así como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en este Reglamento recién aprobada.
Como se indica en la Disposición Quinta Final del RD, la entrada en vigor del mismo es a los seis meses de su publicación en el BOE.