Área de Presidencia

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Vicepresidencias

Vicepresidente 1º

Juan Antonio Ortiz. 

coadeDecano del Colegio de Arquitectos de Extremadura (Coade) y consejero del CSCAE desde junio de 2017, es arquitecto por la ETSAM desde 1983 y doctor con mención internacional por la UPM en 2016. En 1984 abrió estudio propio. Además, es profesor en másteres y cursos de la Universidad de Extremadura y ha sido ponente en diferentes foros de Arquitectura, Urbanismo y Turismo. Cuenta con trabajos de investigación, exposiciones, publicaciones y conferencias sobre pueblos de colonización de Extremadura y arquitectura portuguesa. Es miembro de diferentes grupos de investigación en universidades de España y Portugal.

 

Vicepresidente 2º

Moisés Castro Oporto. 

Foto MOises Vicepresidente 2º copiaDecano del Colegio de Arquitectos de Cantabria (COACan) y consejero del CSCAE desde junio de 2018, es arquitecto con la especialidad de Urbanismo por la ETSAUN desde 1993 y fué Premio Extraordinario de Fin de Carrera. Ha estado en el ejercicio liberal de la profesión desde entonces. Trabajó como arquitecto al servicio de varios ayuntamientos y mancomunidades y en 2001 obtuvo plaza como funcionario del Ayuntamiento de Cabezón de la Sal. Fué arquitecto de Visado del COACan en el perioso 2007-2011. Es representante del Consejo en la Unión de Arquitectos al Servicio de las Administraciones Públicas y está empeñado en los procesos de Agilización de Licencias y Administración Electrónica.

Legislación

 

Título de Arquitecto y atribuciones profesionales:

 

 

Normativa Básica UE - Directivas:

 

Ejercicio de la profesión:

 

Regulación del Visado

Competencias de la profesión de arquitecto

Lista orientativa de trabajos propios de la profesión de Arquitecto. 

Edificación

Elaboración de los proyectos y dirección de obras de edificación de toda clase y, en particular, las siguientes:

  • - "Edificación agropecuaria
  • - Edificación industrial y de almacenaje
  • - Edificación del transporte
  • - Edificación administrativa
  • - Edificación comercial y de servicios públicos
  • - Edificación sanitaria y de bienestar social
  • - Edificación deportiva y recreativa
  • - Edificación religiosa y funeraria
  • - Edificación para actividades culturales, comunitarias y profesionales
  • - Edificación para actividades educativas y científicas
  • - Edificación para actividades informativas
  • - Edificación residencial en todas sus formas
  • - Edificación de arquitectura flotante y subterránea
  • - Obras civiles de construcción en general, incluidas o no en proyectos de urbanización, tales como servicios urbanos: calles, aceras, iluminación, redes de distribución, jardinería, etc., construcciones hidráulicas para alumbramiento y abastecimiento de agua de las poblaciones, alcantarillado obras de saneamiento, caminos vecinales y de utilidad privada; puentes, embalses, canales, acequias y brazales de riego de servicio particular y acondicionamiento urbano del subsuelo."

(Ley 7/1997, de 14 de abril: Disposición derogatoria en relación con el Art.1.1. del Real Decreto 2512/1977, de 17 de junio)

En este campo son de la exclusiva competencia de los Arquitectos el proyecto y dirección de las obras de edificación destinadas a alguno de los siguientes usos: "administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural."

(Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, Arts. 10.2.a y 12.3.a) 

Urbanismo

Elaboración de los instrumentos de Planeamiento Urbanístico de toda clase y Proyectos de Ejecución de los mismos; en particular:

  • - "Planes Generales Municipales de Ordenación
  • - Planes Parciales
  • - Estudios de detalle. Ordenación de volúmenes
  • - Proyectos de Urbanización y de obras civiles
  • - Programa de actuación urbanística
  • - Planes especiales
  • - Normas subsidiarias de Planeamiento
  • - Normas complementarias de Planeamiento
  • - Proyectos de delimitación de suelo urbano
  • - Proyectos de Parcelación
  • - Proyectos de Reparcelación
  • - Proyectos de Expropiación
  • - Otros trabajos de Urbanismo y Planeamiento
  • - Asesoramiento urbanístico"

(Ley 7/1997, de 14 de abril: Disposición derogatoria en relación con el Art. 2.0.1. del Real Decreto 2512/1977, de 17 de junio) 

Otros Trabajos:

  • - Deslinde y medición de terrenos.
  • - Tasación de terrenos y edificios.
  • - Decoración interior y exterior de edificios.
  • - Administración de fondos: gestión de promoción de obras.
  • - Derribo de edificaciones.
  • - Desarrollo de los esquemas de instalaciones.
  • - Conservación de edificios y monumentos.
  • - Expedientes de legalización.

(Ley 7/1997, de 14 de abril: Disposición derogatoria en relación con el Art.5.0.1. del Real Decreto 2512/1977, de 17 de junio)

Contacto

 

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España

Paseo de la Castellana, 12

28046 Madrid

Teléfono: 914 352 200

Fax: 915 753 839.

e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Otras direcciones y teléfonos

  • Secretaría
    • email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Internacional
    • email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Concursos
    • email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Secretaría Bienales de Arquitectura
    • email Bienal Iberoamericana de Arquitectura y Urbanismo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
    • email Bienal Española de Arquitectura y Urbanismo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El ejercicio profesional en España

Hay diferentes opciones en el ejercicio de la profesión de arquitecto. A continuación se describen las más habituales

Trabajar por cuenta propia

Recomendamos consultar el Manual del Arquitecto Autónomo elaborado por la Hermandad Nacional de Arquitectos como Guía de inicio a la profesión en esta modalidad.

Trabajar por cuenta propia para otros arquitectos o empresas

Existen diferentes modalidades para trabajar por cuenta propia pero prestando servicios a otros arquitectos o empresas.

TRADE o Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente

Los TRADE son trabajadores autónomos que realizan su actividad económica o profesional para un cliente del que perciben al menos el 75 por ciento de sus ingresos. Al estar trabajando por cuenta propia es necesario estar afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o a la Hermandad Nacional de Arquitectos (HNA). Antes de trabajar en esta modalidad es necesario:

1. Formalizar un contrato con el cliente que recoja este modo de trabajo y registrarlo antes de diez días en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal.

2. Disponer de infraestructura productiva y material propios, independientes de los del cliente.

3. Realizar el trabajo contratado de forma independiente, esto es sin trabajadores a cargo ni contratar o subcontratar con terceros parte o todo el trabajo.

Colaborador por cuenta propia (contrato mercantil)

Este tipo de colaboración requiere de la formalización de un contrato mercantil con las condiciones que regulen la relación con el estudio con el que colaboras. Al ser un trabajador autónomo es necesario estar afiliado a HNA o al RETA.

Trabajar por cuenta ajena

Son empleados por cuenta ajena aquellos que trabajan para un estudio de arquitectura, empresa privada o pública, para el Estado u otros organismos públicos. Las diferencias con el empleado por cuenta propia son fundamentalmente dos:

El asalariado no participa de los beneficios de la empresa, su retribución a cambio de unas obligaciones concretas mediante se pacta en un contrato laboral.

Tiene dependencia laboral de la empresa, que determina horarios, condiciones y características del puesto.

El Convenio Colectivo de Ingenierías y Estudios Técnicos regula las condiciones de este tipo de contratación. Desde el 25 de octubre de 2013 es de aplicación para todo el territorio del Estado español y de obligada observación para “todas las empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos, incluidas las de delineantes, cuya actividad sea de servicios de asistencia técnica, estudios y proyectos de ingeniería civil, agraria, medioambiental, química, electrónica, industrial, aeronáutica, aeroespacial, arquitectura y urbanismo y de cualquier orden similar” (artículo 1). 

La empresa tiene la obligación de dar de alta al trabajador en la Seguridad Social, presentar el contrato de trabajo firmado para su registro antes de 10 días en el Servicio de Empleo Público Estatal e ingresar las cuotas de cotización periódicamente.

Otra modalidad de contratación es el contrato en prácticas que pretende facilitar el acceso al mercado laboral de los recién titulados. Las condiciones de un contrato en prácticas son las siguientes:

  • Haberse graduado hace menos de 4 años.
  • La duración del contrato es de un periodo mínimo de 6 meses prorrogables hasta en dos ocasiones, hasta dos años.
  • La jornada puede ser parcial o completa.
  • La retribución mínima será la pactada en el convenio colectivo o bien el 60% (el primer año) y el 75% (el segundo año) del salario fijado para cualquier otro trabajador en el mismo puesto.
  • El periodo de prueba será el que establezca el convenio colectivo y no podrá ser superior a 2 meses.
  • Existen bonificaciones para las empresas que contratan personas jóvenes sin experiencia por lo que es recomendable que la empresa se informe para saber las ventajas fiscales y laborales.

Subcategorías

Editorial

 

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Informes Área Jurídica CSCAE
Cantidad de artículos:
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Documentación Consejeros
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17
Informes Área Jurídica

El CSCAE elabora informes periódicos sobre diferentes asuntos jurídicos que atañen a la profesión y los colegios.

Informes publicados

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Programa de Actuación
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Ofertas de trabajo - Área Internacional
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Información Área Internacional
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Área Jurídica
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Informacion Corporativa
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58
Herramientas del Área Técnica
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Acciones e iniciativas
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Colegios de Arquitectos
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13
Resumen Plenos

Pleno de Consejeros

El Pleno de Consejeros es el órgano de gobierno del Consejo Superior y titular de sus competencias, salvo las expresamente atribuidas a los demás órganos por estos Estatutos. 

Elige cada cuatro años los cargos de Presidente, Secretario General Vicepresidentes y Tesorero.

El Pleno está integrado por el Presidente, los Consejeros que serán los Decanos de Colegios de ámbito autonómico o los Presidentes de los Consejos Autonómicos de Colegios, y el Secretario general.
 

Resumen Plenos

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ArquitectAs CSCAE
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Asamblea 2018
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Artículos encuesta

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