Compendio de ayudas públicas a mutualistas por la crisis económica derivada del Covid19

“Las diferencias jurídicas no justifican la exclusión de los profesionales adscritos al sistema mutual alternativo al RETA de las ayudas extraordinarias aprobadas por el Gobierno” ante la crisis del Covid19. Este ha sido el principal argumento que el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) ha esgrimido ante el Ejecutivo central para la justa equiparación de los derechos de los arquitectos y arquitectas adscritos al sistema mutual alternativo con los de los profesionales que cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Siendo medidas extraordinarias y de carácter público para paliar los efectos económicos y sociales derivados del covid19, no hay justificación objetiva razonable para que los profesionales no adscritos al RETA que han sufrido y sufren los mismos efectos no perciban esas ayudas.

00 AYUDAS PUBLICAS MUTUALISTASLa presión continua, a través de cartas dirigidas a la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos, a los representantes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y a todos los portavoces de los partidos políticos que componen la Comisión de Asuntos Financieros del Congreso, se ha traducido en diferentes medidas, recogidas en los reales decretos leyes 15/2020, de 22 de abril, y 16/2020, de 28 abril. Entre ellas, moratorias en el pago de los alquileres de locales afectos a la actividad económica desarrollada como autónomos, siempre que se estuviera en situación de alta, y la disponibilidad excepcional de planes de pensiones y en la puesta a disposición, con carácter excepcional, de planes de pensiones no solo por cese de actividad, sino también por caídas de la facturación de un 75%.

Más información:
https://www.cscae.com/index.php/conoce-cscae/area-presidencia/6223-coronavirus-seis-semanas-de-intensa-actividad-con-el-gobierno-en-defensa-de-los-arquitectos-y-arquitectas

En paralelo, varias comunidades autónomas, como Andalucía, Castilla y León, Galicia, País Vasco y Navarra, han aprobado líneas de subvenciones* que asumían la equiparación reivindicada:

Andalucía

La Junta de Andalucía aprobó la concesión de ayudas de 300 euros a los autónomos afectados por el Covid-19 a través del Decreto-Ley 9/2020, de 15 de abril, por el que se establecen medidas urgentes complementarias en el ámbito económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus.

Esta línea de subvenciones se destinó a todas aquellas personas trabajadoras autónomas, incluidas las mutualistas, que no se beneficiaron de la prestación extraordinaria por cese de actividad prevista en el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, así como para aquellas que no desarrollan su actividad en el ámbito de los sectores calificados como esenciales.

Puedes consultar las ayudas en este enlace https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/516/1

Castilla y León

En virtud de la orden EYH/422/2020, de 26 de mayo, el Gobierno de Castilla y León aprobó las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a autónomos para financiar los gastos derivados de créditos suscritos con entidades financieras dentro del ámbito territorial de la comunidad con el fin de reducir el impacto económico del coronavirus. Esta ayuda fue de 300 euros por beneficiario.

Asimismo, el 14 de julio de 2020, el Servicio Público de Empleo de Castilla y León convocó una línea de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la comunidad para el año 2020, indicando: “Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta como autónomas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad correspondiente entre el 1 de septiembre de 2019 y el 15 de septiembre de 2020”.

La cuantía máxima de la subvención por persona se calculó en función de lo acreditado por los solicitantes:
- 4.000 euros, si el beneficiario de la subvención es menor de 35 años, persona de entre 35 y 44 años, ambos inclusive, que sea desempleada de larga duración, o si tiene 45 o más edad.
- 3.000 euros, si el beneficiario es una persona de entre 35 y 44 años de edad, no desempleada de larga duración, que haya permanecido inscrita como desempleada en el Servicio Público de Empleo durante 3 o más meses ininterrumpidos, inmediatamente anteriores al día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
- En el caso de que la acreditación se refiriese a la contratación de servicios para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionó con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 3.000 euros.
- La acreditación de cursos de formación se subvencionó con el 75% del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.

Publicación en el BOCYL
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2020/07/23/pdf/BOCYL-D-23072020-12.pdf

Bases reguladoras (orden EEI/521/2020)
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2020/06/24/pdf/BOCYL-D-24062020-5.pdf

También se aprobó una línea de créditos que puede consultarse en este enlace https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100/1284954110074/_/_/_

Galicia

Como medida decretada por la Xunta de Galicia, el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) ha establecido una línea de financiación consistente en préstamos avalados tanto para pymes, incluyendo a autónomos (ya coticen al RETA o su Mutualidad Alternativa), sociedades mercantiles, Sociedades Civiles (S. C). o Comunidades de Bienes (C. B.) -por lo que están incluidas las sociedades profesionales- que se encuentren afectadas por el Covid19.

El IGAPE avaló un máximo del 25% del riesgo asumido por los avalistas, subvencionando a fondo perdido un importe equivalente la suma de los intereses de los préstamos concedidos.

Puedes consultar estas ayudas en este enlace:
https://portal.coag.es/publicada-en-portada/igape-prestamos-avalados-para-apoiar-a-pemes-e-autonomos-no-contexto-do-actual-brote-do-covid-19/

Disponen de un teléfono de atención gratuita: 900 815 600

Madrid

La Comunidad de Madrid aprobó ayudas para el abono del importe de las cotizaciones sociales para marzo y abril de 2020 para tratar de evitar la falta de liquidez en las primeras semanas de confinamiento dentro de su programa Continúa de ayudas a autónomos por la crisis del Covid19.

El importe de los créditos presupuestarios fue de 38.219.610 euros en total.

https://gestionesytramites.madrid.org/cs/Satellite?cid=1354823546735&c=CM_ConvocaPrestac_FA&noMostrarML=true&pageid=1142687560411&pagename=ServiciosAE%2FCM_ConvocaPrestac_FA%2FPSAE_fichaConvocaPrestac&vest=1142687560411

BOCM
http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/04/29/BOCM-20200429-3.PD

País Vasco y Navarra

El RDL 15/2020, de 22 de abril, incorporó las siguientes ayudas para pymes:
- Moratorias en el pago de los alquileres de locales afectos a la actividad económica.

Descarga el RDL en este enlace.

Dentro de las ayudas a autónomos, el RDL 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Administración de Justicia amplía el apoyo a mutualistas para que puedan disponer, excepcionalmente, de planes de pensiones no solo por cese de actividad, sino también si su facturación se ha visto reducido en un 75%. Descarga el RLD 16/2020 en este enlace.


*Información facilitada por CACOA, COACYLE, COAL, COAG, COAM y COAVN

Comparte este contenido

Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Si necesita más información acceda al enlace que se muestra a continuación o cierre esta ventana.