CEPNR

Consumo de energía primaria no renovable

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  • ¿Las actuaciones sobre sustitución de calderas de gas natural por otras más eficientes, también de gas natural, son subvencionables, si se alcanza una reducción de la demanda de, al menos, un 7% o reducción del consumo de al menos un 30%?

    No. Tal como indica el Artículo 3, los generadores térmicos que utilicen combustible fósil (como las calderas de gas natural) quedan excluidas de las actuaciones subvencionables con carácter general para todos los programas de ayudas regulados por el RD 853/2021.
    No obstante, en aquellas actuaciones en la que se sustituyan calderas existentes por calderas de gas natural de mayor eficiencia, si bien su coste no podrá incluirse dentro de la inversión subvencionable, sí se podrá tener en cuenta su incidencia en la reducción del consumo de energía primaría no renovable, incluyendo dicha mejora en la certificación energética del edificio posterior a la actuación.

  • ¿Se pueden “compensar” reducciones de consumo si alguna de las partes no cumple, o debe cada una de ellas cumplir con la exigencia de reducción por separado?

    PREGUNTA COMPLETA: Para poder optar a la rehabilitación a nivel de edificio hay que contar con, al menos, el 50% de la superficie de uso residencial. Por lo tanto, pueden existir otros usos (locales comerciales, oficinas…) incluidos en la solicitud de ayuda. Esto supone que para poder realizar las justificaciones sean necesarios, al menos, dos certificados de eficiencia energética, uno para el uso residencial y otro para el uso terciario (todo lo que no sean viviendas), de acuerdo con el procedimiento establecido en el R.D. 390/2021. Además de duplicar el trabajo, genera alguna duda. Por ejemplo, cómo justificar la reducción del consumo de energía primaria, ya que las escalas de calificación son diferentes para el uso vivienda y para el uso terciario. ¿Se pueden “compensar” reducciones de consumo si alguna de las partes no cumple, o debe cada una de ellas cumplir con la exigencia de reducción por separado?
    Esta cuestión afecta también a los libros de edificios existentes, en los que los estudios energéticos deben duplicarse y, por consiguiente, tenerlo en cuenta para la estimación de honorarios (si hay que proponer actuaciones que permitan alcanzar las reducciones de cada unos de los tramos de ayudas, en el caso de edificios de viviendas con otros usos, supondrían 6 propuestas).

    RESPUESTA: Las ayudas del RD 853/2021 están dirigidas al uso residencial, por lo que no han de incluirse las CEE de ningún otro uso. Se considerará la CEE del edificio con uso residencial, y esto aunque los locales participen en el pago de actuaciones sobre la edificación y, por lo tanto, reciban ayudas para el pago de su cuota. Las ayudas de este RD para locales no están destinadas a subvencionar la rehabilitación de los mismos, si no al pago de las cuotas que les corresponden, en su caso, por la actuación en el edificio residencial.

  • En el programa 3, si solo se actúa en las instalaciones generales del edificio, como instalaciones fotovoltaicas y aerotermia, ¿se puede pedir la subvención sin tocar la envolvente y cumpliendo el requisito de reducción del 30 % en CEPNR?

    Esto depende del clima. En el RD se establece que los climas C, D y E tienen que producir un ahorro en demanda, y esta demanda implica intervenir en la envolvente. En los climas más cálidos, es posible alcanzar los ahorros establecidos sin necesidad de intervenir en la demanda. Existe una necesidad de un análisis técnico riguroso que valore la relación de coste-beneficio. Hay veces que una intervención en envolvente supone una inversión muy fuerte y a veces el ahorro que se produce no tiene un traslado energético tan intenso como en un clima frío. Por otro lado, no hay que olvidar que una intervención en la envolvente también afecta al calor y ahorra demanda en refrigeración. En cualquier caso, es necesario este análisis técnico Pero efectivamente, dependiendo de la zona climática, podría llegar a los ahorros mínimos del 30% sin intervenir en la envolvente.

    Respuesta ofrecida en la sesión 3-11-2022 'Jornada El arquitecto, gestor integral de la rehabilitación. Novedades legislativas y casos de éxito' - Accede a la jornada completa