PREGUNTA COMPLETA: ¿El programa P5 subvenciona proyectos de rehabilitación solo cuando son integrales o si subvenciona también otros proyectos parciales (solo SATE en fachada o solo instalaciones, por ejemplo)? En el texto no se dice expresamente que el proyecto deba ser integral, pero en el artículo 53 de Cuantías, en el apartado 2, solo hace referencia a proyectos integrales. En otros puntos dice “En el caso de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios….” (artículo 50), dando a entender que hay más casos, no solo el proyecto integral.
RESPUESTA: En el artículo 50, punto 4, del RD 853/2021 se recogen los requisitos que deben cumplir los proyectos técnicos para ser subvencionados: serán aquellos que cumplan los requisitos del artículo 33, es decir, que pudieran presentarse al programa 3 de edificios: disminuyen 30% CEPNR, disminución de demanda según zonas climáticas...