Concurso de Proyectos de Arquitectura para el Parque del Polígono 3 (Vall de Uxó, Castellón)

BASES QUE REGIRAN EN EL CONCURSO DE PROYECTOS CON INTERVENCION DE JURADO, A NIVEL DE ANTEPROYECTO PARA LA ORDENACIÓN DE LA ZONA VERDE Nº 31, RESULTANTE DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 38 DEL P.G.O.U., SITUADA EN PARTE SOBRE EL PARKING DEL POLÍGONO III.
Concurso de Proyectos de Arquitectura para el Parque del Poligono 3 rrss

OBJETO DEL CONCURSO DE PROYECTOS CON INTERVENCIÓN DE JURADO:

Es objeto de las presentes bases determinar las condiciones que regirán en el concurso de proyectos con intervención de jurado, a nivel de anteproyecto, para la ordenación de la zona verde sobre Parking del Polígono III. El ámbito espacial del concurso es la totalidad de la zona verde nº 31, resultante tras la Modificación Puntual nº 38 del PGOU vigente, con una superficie de 14.190,41 m2.

El Programa de Necesidades de la zona verde es el siguiente:

1.- Dentro del ámbito propuesto, hay zonas que ya están urbanizadas y en uso, como es la parte este de la zona verde. Sobre esta zona también se podrá intervenir, pero de forma puntual y siempre con la finalidad de mejorar su integración con el resto, ya que la zona verde resultante tiene que entenderse como una unidad.

2.- Las soluciones constructivas que se planteen deberán tener en cuenta la existencia de un parking en el subsuelo, con los problemas de cargas y de estanqueidad que ello supone. (Ver proyecto técnico).

3.- Al construir el parking se crearon dos plataformas a diferentes alturas. Deberá garantizarse la accesibilidad entre ambas plataformas y con el entorno.

4.- De las dos plataformas, sobretodo la ubicada al sur, genera un impacto visual en el extremo suroeste y sur que deberá mitigarse con la solución que se plantee.

5.- Como es imposible la plantación de arbolado de cierto porte sobre el parking, deberán crearse zonas de sombra no vegetales que permitan la utilización versátil de los espacios.

6.- En el Área III hay una concentración de población joven, por lo que se requiere mayor superficie destinada a área de juegos, que deberán ser adaptados.

7.- Junto a la zona verde está la estación de autobuses, en la que existe un edificio al servicio de la misma con una cafetería, en la actualidad en régimen de concesión. Con la ordenación de la zona verde deberá buscarse la forma de potenciar el uso de la misma, creando espacios exteriores, donde ubicar mesas y sillas, aunque sea fuera del ámbito de la actuación.

8.- La zona verde resultante deberá cumplir las condiciones funcionales y dimensionales exigidas en el anexo IV de la LOTUP y por el artículo 4.6.3 de las Normas Urbanísticas del PGOU, por lo que solo se destinarán a usos generales y normales que no excluyan ni limiten la utilización pública conforme a su destino, admitiéndose el uso deportivo y pequeñas instalaciones de hostelería y kioscos de una sola planta, una altura máxima de 4 metros, y una superficie inferior al 5% del total, con una superficie máxima por instalación de 150 m2 construidos. Deberán poseer condiciones apropiadas para la plantación de especies vegetales, en al menos un 50 % de su superficie.

9.- El presupuesto de las obras, IVA incluido no podrá superar los 300.000,-€. La adjudicación del premio supondrá el encargo de la redacción del correspondiente proyecto básico y de ejecución, estudio de seguridad y salud, proyectos específicos de alumbrado público y baja tensión, dirección de obras y de ejecución de obras y coordinación de seguridad y salud.

Consulta toda la información en este enlace.

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