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"Becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte/Fulbright" para la ampliación de estudios artísticos y de gestión cultural en los Estados Unidos de América, curso 2013-2014.

ministerio-culturaEl Ministerio de Educación, Cultura y Deporte desarrolla una política de promoción cultural, a través de actuaciones y programas concretos de cooperación con los diversos ámbitos de la cultura, con especial atención a la proyección internacional. Una parte de estas actividades –la formación y ampliación de estudios en el exterior– es prioridad de este Ministerio, y cobra especial relevancia, por cuanto incide directamente en la creación, difusión y producción de obras culturales.

Consciente de la importancia de esas actividades y con el propósito de estimular la cooperación cultural y educativa entre España y los Estados Unidos de América, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte suscribió un Acuerdo con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, en virtud del cual el Ministerio financiará un programa de becas para la ampliación de estudios artísticos y de gestión cultural en ese país, en especial la formación en patrocinio mecenazgo culturales.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en la Orden CUL/2912/ 2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva, dispongo:

Primero.

Convocar por decimonoveno año y en régimen de concurrencia competitiva, en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, convocar un máximo de seis becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte /Fulbright para la ampliación de estudios artísticos y de gestión cultural en los Estados Unidos de América, con arreglo a las bases que se especifican en el Anexo I de la presente resolución.

Segundo.

La financiación de estas becas, por un importe total de doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 euros), se realizará con cargo al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación Cultura y Deporte del ejercicio 2013, aplicación presupuestaria 18.13.144A.485.02, en el que existe crédito suficiente.

El Ministerio de Educación Cultura y Deporte transferirá en 2013 a la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, la cantidad de 250.000,00 euros, mediante pago único y con una antelación mínima de un mes a la fecha prevista de comienzo de las becas.

Tercero.

La concesión de las ayudas se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden CUL/2912 /2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos (Boletín Oficial del Estado de 13 de noviembre de 2010) y por lo dispuesto en el artículo 149.2 de la Constitución Española que determina que el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial. Así mismo de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procede ahora, de conformidad con lo previsto en el punto tercero, apartado segundo de la citada orden, convocar dichas ayudas. Con carácter supletorio, regirá la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJPAC), así como cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Cuarto.

Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la orden, en plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la LRJ-PAC.

Quinto.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid 21 de febrero de 2013.–El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), la Directora General de Política, Industrias Culturales y del libro, M.ª Teresa Lizaranzu Perinat.


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