ENMIENDA 5. La redacción de proyectos arquitectónicos y urbanismo, se adjudicará siempre mediante el tipo legal "Concurso de Proyecto".

Se trata de evitar la situación actual en que en muchas ocasiones se producen adjudicaciones de proyectos sin acudir al procedimiento de concurso de proyectos.

Proyecto de Ley

Artículo 181. Ámbito de aplicación (concursos de proyectos) (artículo 184 del TRLCSP)
2. Las normas de la presente sección se aplicarán a los concursos de proyectos que respondan a uno de los tipos siguientes: (…)

Enmienda CSCAE

Enmienda de modificación al párrafo primero del apartado 2 del artículo 181.
2. Cuando el objeto del contrato se refiera a la redacción de proyectos arquitectónicos, de ingeniería y urbanismo, trabajos complementarios y dirección de las obras, deberán aplicarse las normas de la presente sección. Los concursos de proyectos pueden responder a uno de los dos tipos siguientes: (...)

Justificación
Establecer con claridad que la adjudicación de este tipo de proyectos por parte de los órganos de contratación, requiere necesariamente la aplicación de las normas especiales relativas a los concursos de proyectos, por cuanto su objeto es el específico de este procedimiento. Así lo establece claramente la Directiva 2014/24/UE (artículo 78 y 80) y lo ha reafirmado la propia doctrina del Tribunal Supremo (sentencia de 23 de abril de 2012).
De esta manera se evitará la práctica -bastante extendida- de licitaciones de proyectos en los que no se aplican estas normas especiales, con los efectos que ello produce.

 

Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Si necesita más información acceda al enlace que se muestra a continuación o cierre esta ventana.