P4

  • ¿ La CEE presentada a ambas ayudas tendría en cuenta actuaciones de proyecto completo, tanto las subvencionadas como las no subvencionadas?

    PREGUNTA COMPLETA: Tenemos un proyecto que incluye cambio de ventanas y mejora de aislamiento, además de sustitución de caldera de gas por pellets. Hay un único proyecto, pero se presenta a subvención de P3 mejora de aislamiento y sustitución de caldera de gas por pellets y a P4, cambio de ventanas. ¿Cómo funcionan la compatibilidad de CEE? ¿ La CEE presentada a ambas ayudas tendría en cuenta actuaciones de proyecto completo, tanto las subvencionadas como las no subvencionadas?

    RESPUESTA:

    Para la CEE del “edificio” posterior a la realización de las obras contempladas en el proyecto, de cara a la justificación de la ayuda máxima con cargo al programa 3, de acuerdo con la regulación establecida, se entiende que puede interpretarse que el mismo puede incluir todas las actuaciones realizadas en el mismo con independencia de que hayan recibido subvención con cargo al citado programa 3 o al programa 4. Para la CEE de la “vivienda”, de cara a la justificación de la ayuda máxima con cargo al programa 4 o las posibles deducciones fiscales, se incluirán solo las actuaciones realizadas en la vivienda que sean subvencionadas con cargo al programa 4, no pudiéndose incluir el efecto de otras actuaciones subvencionadas por otros programas o no subvencionadas.

  • ¿Cómo funciona la compatibilidad de ayudas a nivel económico?

    PREGUNTA COMPLETA: Tenemos un proyecto que incluye cambio de ventanas y mejora de aislamiento, además de sustitución de caldera de gas por pellets. Hay un único proyecto, pero se presenta a subvención de P3 mejora de aislamiento y sustitución de caldera de gas por pellets y a P4, cambio de ventanas. ¿Cómo funciona la compatibilidad de ayudas a nivel económico?

    RESPUESTA:

    No puede existir doble financiación de una actuación. Es decir, una actuación sólo puede recibir fondos procedentes de un programa de fondos Next. Ejemplo:
    No puede producirse solape entre las actuaciones subvencionables consideradas para la determinación de las ayudas por el programa 3 y por el programa 4. En ningún caso dos subvenciones podrán servir para cubrir el mismo coste.

  • ¿De qué ayudas puede beneficiarse una vivienda unifamiliar?

    Lo primero que se ha de conocer es el régimen de propiedad, si es de tipo horizontal o vertical. Si es una unifamiliar constituida en régimen vertical, que es lo que ocurre en la mayoría de los pueblos, podrá presentarse tanto a ayudas de P3 edificios como a ayudas de P4 viviendas. Sin embargo, si la unifamiliar se constituyó en régimen de propiedad horizontal (ocurre en muchas promociones relativamente nuevas y, sobre todo, en ciudades), funciona como un piso, ya que la unifamiliar no tiene una parcela catastral independiente, si no que funciona como un porcentaje de la parcela completa. Entonces sólo se podrá presentar a ayudas de P4 vivienda.
    En cualquier caso, estos casos pueden ser sometida a interpretaciones por parte de las CCAA, por lo que recomendamos se transmita la consulta a la CCAA

  • ¿Los CEE inicial y final han de realizarse sobre la misma superficie, es decir, con la terraza ya abierta? Es decir, ¿es necesario generar una situación “intermedia” dentro de la misma obra en la que coincidan superficies pero una cuente con las actuacion

    PREGUNTA COMPLETA: En una actuación para el P4 se realiza una obra integral en una vivienda en la que se abre una terraza, además de incorporar aislamientos, cambiar ventanas e incorporar aerotermia. ¿Los CEE inicial y final han de realizarse sobre la misma superficie, es decir, con la terraza ya abierta? Es decir, ¿es necesario generar una situación “intermedia” dentro de la misma obra en la que coincidan superficies pero una cuente con las actuaciones energéticas y otra no? O ¿es posible comparar ambos CEE con esa variación de superficie?

    RESPUESTA: Se compara el indicador relativo por lo que es posible comparar CEE con distintas superficies.

     

    Respuesta ofrecida en la sesión 3-11-2022 'Jornada El arquitecto, gestor integral de la rehabilitación. Novedades legislativas y casos de éxito' - Accede a la jornada completa

  • ¿Qué facturas hay que presentar para justificar las actuaciones del P4 si la obra la realiza una constructora con otras actuaciones no subvencionables?

    Continuación de la pregunta: Ejemplo: si hay demolición, cambio de pavimento y cambio de ventanas, solo es subvencionable el cambio de ventanas, pero la constructora te ha pasado presupuesto desglosado por partidas y tu factura es del global. ¿Se puede presentar esta factura global y que sólo se subvencione la parte subvencionable?

    Si la actuación global afecta a esa mejora en demanda o consumo, la factura global puede ser global. No es tan importante el desglose específico de la actuación que se ejecuta si no cuál es la prestación que se consigue.

    Respuesta ofrecida en la sesión 3-11-2022 'Jornada El arquitecto, gestor integral de la rehabilitación. Novedades legislativas y casos de éxito' - Accede a la jornada completa

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