Los m2, como cualquier otra circunstancia técnica del edificio, son certificados y constatados por un técnico. Por lo tanto, ocurre que los datos de registro y catastro están equivocados, tiene que certificar su propia medición y, de hecho, instar una modificación de uno u otro registro. La labor facultativa está para eso. Tiene que predominar la labor facultativa del técnico competente, colegiado y que es el responsable a la hora de certificar.
En ningún sitio se dice que las superficies que se declaren a la hora de solicitar ayudas tengan que ser coincidentes con catastrales y registrales. Otra cosa es que en su procedimiento de inspección, la CCAA o el Ayuntamiento pueda iniciar una labor de comprobación. La modificación de catastro y registro no puede paralizar la solicitud de ayudas. Se ha de corroborar por la parte técnica la superficie y esta es válida para la solicitud de ayudas.
Respuesta ofrecida en la sesión 3-11-2022 'Jornada El arquitecto, gestor integral de la rehabilitación. Novedades legislativas y casos de éxito' - Accede a la jornada completa