CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA INTEGRAL DE LA SEDE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE ESPAÑA (CSCAE)

BASES

BASES DEL CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA INTEGRAL DE LA SEDE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE ESPAÑA (CSCAE), PASEO DE LA CASTELLANA 12 - 4º DCHA. (MADRID)

 

1.- OBJETO DEL CONCURSO Y RÉGIMEN JURÍDICO

1.1 Las presentes Bases tienen por objeto establecer la regulación de las condiciones que regirán el Concurso de proyectos, con intervención de Jurado, en dos fases, con el fin de seleccionar la mejor propuesta atendiendo a la calidad arquitectónica y sus valores técnicos, funcionales, espaciales, culturales y medioambientales; así como su viabilidad técnica, económica y constructiva; y así se valore por el Jurado.

La finalidad es, por tanto, seleccionar por el jurado la mejor y más idónea propuesta para redactar el proyecto básico y de ejecución, estudio de seguridad y salud, así como la dirección de las obras y la coordinación de seguridad y salud: “PARA LA REFORMA  INTEGRAL DEL PISO EN PROPIEDAD DEL CSCAE, MANTENIENDO SU SEDE INSTITUCIONAL EN CASTELLANA 12, 4º derecha”, con un programa que permita tanto la actividad institucional,  como la laboral, en un entorno adecuado a la representatividad de la institución y al mejor desarrollo de la labor de todos los miembros del equipo, en compatibilidad con el teletrabajo.

1.2 El concurso se convoca, en lo que resulte de aplicación, conforme a las normas del procedimiento de Concurso de proyectos, en los términos previstos en el artículo 183 de la LCSP, supuesto comprendido en su apartado 2. a), modalidad “Concursos de proyectos organizados en el marco de un procedimiento de adjudicación de un contrato de servicios, en los que eventualmente se podrán conceder premios o pagos. El contrato de servicios que resulte del concurso de proyectos además también podrá tener por objeto la dirección facultativa de las obras correspondientes, siempre y cuando así se indique en el anuncio de licitación del concurso”.

Por tanto, y sin perjuicio de los premios que se establecen, al concursante que sea declarado ganador según lo dispuesto en estas Bases, el órgano de contratación tiene previsto adjudicarle el contrato de servicios de redacción del Proyecto Básico, Proyecto de Ejecución, Seguridad y Salud (estudio y coordinación), Dirección Facultativa y demás trabajos complementarios necesarios para para dar cumplimiento al programa de necesidades contenido en el Anexo técnico.

1.3 El contrato se rige por las presentes Bases y su Anexo técnico, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.

En lo no regulado por estas Bases se le aplicará al presente concurso de proyectos, en todo aquello que resultare de aplicación,  las normas y disposiciones reguladoras de la contratación de servicios, según las previsiones de la Ley 9/2027, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, así como al Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real decreto 1098/2001, (en adelante RGLCAP), modificado parcialmente por el RD 773/2015 de 28 de agosto, en la parte que no se oponga a los anteriores textos normativos y en tanto continúe vigente.

Asimismo, tendrá carácter contractual el Anexo técnico y la oferta presentada por el ganador con el derecho que lleve aparejado conforme a lo establecido en las presentes Bases.

1.4 El contrato que será objeto de adjudicación como consecuencia de este concurso de proyectos es un contrato de servicios de Arquitectura y por tanto tiene la naturaleza de prestaciones de carácter intelectual a los efectos de aplicación de las previsiones contenidas en la LCSP, teniendo en cuenta además que, por la documentación técnica requerida y metodología de trabajo, conllevan una labor claramente intelectual.

1.5.- El órgano de contratación que actúa en nombre del CSCAE, es la Presidenta del CSCAE. En su caso, podrá en virtud del artículo 61.2 de la LCSP, delegar las competencias y facultades en esta materia en el Secretario General, con cumplimiento de las normas y formalidades aplicables. A los efectos del presente concurso, el órgano de contratación ostenta todas las prerrogativas y potestades establecidas en el artículo 190 de LCSP.

 

2.- PARTICIPANTES, INCOMPATIBILIDADES Y DEBER DE ABSTENCIÓN.

2.1 El concurso tiene ámbito nacional y los participantes podrán presentarse a título individual o en equipo siendo, en todo caso, el representante del mismo un Arquitecto/a colegiado/a en un Colegio Oficial de Arquitectos de España.

2.2 Se establecen como causas de incompatibilidad del presente concurso, y por tanto, no podrán participar en el mismo:

a)      Miembros que actualmente ocupen cargo nominativo en algún órgano del CSCAE.

b)      Miembros que actualmente ocupen algún cargo en los órganos de dirección de: Consejos autonómicos, Colegios, demarcaciones y/o Delegaciones, en la estructura colegial española de la Arquitectura.

c)       Miembros que formen parte del Jurado calificador del presente concurso, así como aquellos que hayan participado y/o colaborado en la redacción de las presentes Bases.

d)      Aquellos arquitectos/as colegiados/as que tengan algún vínculo, en primer grado por consanguinidad o afinidad, con los miembros referidos en el apartado a) y b) de la presente cláusula.

e)      Aquellos arquitectos/as colegiados/as que en la actualidad se encuentren ligados en virtud de una relación laboral y/o mercantil con cualquiera de las corporaciones o entidades pertenecientes a la estructura colegial de la Arquitectura.

f)        Aquellos/as arquitecto/as colegiados/as que tengan una cuestión litigiosa ante los tribunales pendiente con cualquier corporación o entidad de la estructura colegial en España, así como con los miembros señalados en el apartado a ) y b) de la presente cláusula.

g)      Aquellos/as arquitecto/as colegiados/as que estén ligados por una relación profesional, mercantil y/o laboral, con cualquiera de los miembros señalados en el apartado a ), b) y c) de la presente cláusula.

h)      Aquellos/as arquitectos/as colegiados/as que estén incursos en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de LCSP.

2.3 Ningún participante en el presente concurso podrá establecer ningún tipo de relación profesional con los miembros del Jurado durante el periodo de celebración del concurso.

2.4 En el supuesto de que alguno de los participantes en el concurso o de los integrantes del equipo ostente la condición de funcionario, deberán presentar autorización de compatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales fuera de las Administraciones públicas, ajustándose a la normativa sobre incompatibilidades aplicable.

 

3.- PROGRAMA DE NECESIDADES.

EL MODELO DE OFICINA

Las propuestas deben contemplar un concepto de oficina amable, contando con materiales y texturas cálidas y acogedoras. La propuesta debe reflejar la identidad de la institución , y enfocarse en conocer bien el funcionamiento de trabajo del día a día del CSCAE, favoreciendo la conexión entre determinados departamentos, estudiando las comunicaciones y detallando las relaciones interpersonales e interdepartamentales que se generan, conforme al programa básico solicitado.

En la actualidad, la actividad del CSCAE se desarrolla en toda la planta cuarta el edificio situado en el Paso de la Castellana Nº12. Esta planta cuenta con el cuarto derecha (en propiedad) y el cuarto izquierda (en alquiler), que actualmente están unidos.

El concurso planteado parte de la necesidad de aunar en la planta cuarta derecha todas las actividades que actualmente se desarrollan en toda la planta cuarta (derecha e izquierda), aprovechando más los espacios y su potencial y reduciendo las áreas destinadas a circulaciones.

Deberá tenerse en cuenta el programa que se describe a continuación, teniendo muy presente las relaciones entre los distintos departamentos, favoreciendo la comunicación entre ellos, pero al mismo tiempo garantizando la comodidad del puesto de trabajo y la concentración de los trabajadores y adecuado desempeño de sus funciones.

Las propuestas deberán hacer especial hincapié en el diseño de interiores, ubicación de los puestos de trabajo y relación entre los mismos.

Las propuestas deberán, igualmente, cuidar la sostenibilidad y la eficiencia energética dando prioridad a las acciones pasivas (intrínsecas a la arquitectura) frente a las activas (consumo energético).

PROGRAMA DE NECESIDADES.

El programa de necesidades se incorpora como Anexo al final del presente documento.

En el mismo, más allá del propio programa, se especifica el funcionamiento ordinario del CSCAE, así como el número y volumen de los departamentos.

El programa es orientativo, y responde a necesidades mínimas.

 

4.- DOCUMENTACIÓN Y ANONIMATO.

La presentación de la documentación requerida para el presente concurso se realizará únicamente por vía telemática, a través de un apartado específico y visible habilitado a tal fin en la página web del CSCAE.

Toda propuesta presentada a través de cualquier otro medio, cauce o canal fuera del medio habilitado para tal fin (referido anteriormente) quedará inmediatamente excluida.

La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el participante de la totalidad del contenido de estas Bases y de su Anexo técnico.

El órgano de contratación no asumirá responsabilidad alguna que pueda deducirse por reclamaciones de indemnización por daños o derivadas de defectos técnicos en la presentación de las proposiciones.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

DOCUMENTACIÓN GRÁFICA:

La documentación gráfica se presentará en soporte digital, en un único archivo en formato PDF y tamaño A3, de hasta 4 hojas como máximo, y 20 megas como máximo.

Este archivo deberá reflejar las plantas, alzados interiores, secciones, perspectiva y cuantos detalles se estimen convenientes a los efectos de definir, claramente, la idea que se propone.

La representación será libre, pudiéndose utilizar las técnicas de grafismo y expresión que se deseen.

En el ángulo superior derecho de todos los paneles se expresará el lema del trabajo, debiendo ser alfanumérico (6 dígitos como máximo).

En el ángulo inferior derecho de todos los paneles se expresará el Presupuesto Estimado de Ejecución Material de la Actuación.

MEMORIA:

La memoria descriptiva y justificativa de la propuesta se presentará en soporte digital, en un único archivo en formato PDF y tamaño A4, de hasta 10 páginas como máximo.

Deberá incorporar el código alfanumérico (el mismo que en la documentación gráfica).

PRESUPUESTO:

El Presupuesto se presentará en soporte digital, en un único archivo en formato PDF y tamaño A4, de hasta 4 páginas como máximo.

Se justificará un Presupuesto Estimado (a criterio del concursante) de Ejecución Material de las obras (sin incluir gastos generales, beneficio industrial, ni impuestos).

Deberá incluir, un resumen de capítulos y subcapítulos, que exprese de manera clara los trabajos generales a realizar y el mobiliario a incorporar, así como una explicación aproximativa a la ejecución de los capítulos y subcapítulos, preferiblemente describiendo oficios e instalaciones.

Deberá incorporar el código alfanumérico (el mismo que en la documentación gráfica).

ANONIMATO DE LAS PROPUESTAS

Los concursantes se comprometen, por el mero hecho de presentar sus proposiciones, a no divulgar la misma en ningún medio, por sí o por medio de cualquiera de los miembros del equipo con el que concurra al presente concurso, antes de la resolución del presente concurso por el órgano de contratación, para garantizar el anonimato y preservar la objetividad del concurso. El incumplimiento de este compromiso determinará la inmediata exclusión de la propuesta.

Los participantes no podrán mantener comunicaciones referentes al concurso con los miembros del Jurado ni con el órgano de contratación. Serán excluidas las propuestas que vulneren esta condición.

Asimismo, serán excluidas aquellas propuestas en las que se constate que se ha producido cualquier alteración, manipulación, tergiversación o cualquier otra actuación de las que se pudiera desprender, directa o indirectamente, la identidad de sus autores, vulnerando el anonimato.

DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA IDENTIFICACIÓN DEL EQUIPO

En el apartado web habilitado a tal efecto, se incorporarán los datos de comunicación del participante y/o del equipo, en el apartado especificado para ello.

 

5.- PLAZOS.

Los períodos y el procedimiento del concurso, serán los siguientes:

a)      El plazo para la presentación de las propuestas comenzará a partir del día siguiente de la publicación de las presentes Bases en la página web del CSCAE, en el apartado especificado para ello.

b)      El plazo de presentación de propuestas finalizará el 21 de febrero de 2023 a las 23:59 horas.

Finalizado dicho plazo y previo examen de los trabajos, a los efectos de cumplimiento de plazos, programas, normas de presentación y anonimato, se redactará un informe por el órgano de contratación con propuesta de exclusión de los trabajos que presenten anomalías, especificadas e individualizadas, que justifiquen tal decisión de exclusión.

 

6.- CONSULTAS Y DOCUMENTACIÓN.

INFORMACIÓN Y CONSULTAS

En cualquier momento desde la fecha de la Convocatoria y hasta las 23: 59 horas del día 10 de febrero de 2023, se podrán formular todas aquellas dudas y consultas que se deseen.

A tal efecto, en el espacio de la web del CSCAE donde se aloje toda la documentación del presente concurso, se habilitará un buzón de consultas que serán respondidas en la propia web una vez analizadas.

Las consultas efectuadas y las respuestas evacuadas se alojarán en el mismo sitio de la web del CSCAE, para conocimiento de todos los participantes, preservando en todo caso el anonimato de los mismos.

DOCUMENTACIÓN.

La documentación necesaria para el desarrollo de las propuestas podrá descargarse de la página web del CSCAE en el espacio habilitado para el presente concurso, consistente en planimetría (en formato vectorial abierto y pdf) y recorrido virtual de la sede.

Adicionalmente, se habilitará un día para visitar la sede de forma presencial para todos los interesados en participar en el presente concurso. El día para la visita referida se publicará a través del espacio habilitado para el presente concurso en la página web del CSCAE, con suficiente antelación para su conocimiento. No se exigirá identificación alguna para el acceso a la visita.

 

7- FASES DEL CONCURSO.

El presente concurso se desarrollará en 2 FASES:

1.- En la primera fase, podrán presentarse todos aquellos arquitectos/as colegiados/as interesados que no incurran en causa de incompatibilidad o exclusión establecidas en las presentes Bases, y entre los cuales se efectuará una selección por el Jurado con respecto a las propuestas presentadas acerca del objeto del concurso.

El Jurado seleccionará a 3 participantes identificados bajo Lema (alfanumérico) en función de las propuestas presentadas y conforme a los criterios de valoración establecidos en las presentes Bases.

Una vez seleccionados, se les invitará a participar en la Segunda fase del presente concurso.

2.- En la segunda fase, se invitará a los tres participantes seleccionados a una presentación oral, de forma presencial, de su propuesta, ante el órgano de contratación, para responder a problemas interpretativos de carácter técnico referidos exclusivamente al contenido y características de las propuestas seleccionadas, sin hacer referencia o alusión en ningún caso a las condiciones subjetivas de los participantes.

El órgano de contratación valorará las propuestas seleccionadas conforme a los criterios de valoración establecidos en las presentes Bases.

 

8.- JURADO.

El Jurado estará compuesto por:

 - Presidente:

 La presidenta del CSCAE, o persona en quien delegue.

-Vocales:

Consejero/a de menor edad del Pleno de Consejeros del CSCAE o siguientes por edad, en caso de imposibilidad.

Consejero/a de mayor edad del Pleno de Consejeros del CSCAE o siguientes por edad, en caso de imposibilidad.

Dos (2) arquitectos/as de reconocido prestigio a propuesta de la comisión de Premios y Distinciones del CSCAE

-Secretario:

El Secretario General del CSCAE, o persona en quien delegue.

Todos actuarán con voz y voto. Todas las decisiones se adoptarán por mayoría simple de votos, dirimiendo los posibles empates el voto de la Presidenta.

Constituido el Jurado, se procederá a resolver motivadamente sobre la admisión definitiva de los trabajos, así como sobre las incidencias que pudieran presentarse sobre las incompatibilidades, exclusiones y otras, levantándose sobre todo ello la correspondiente acta.

El jurado podrá reunirse y celebrar sus sesiones a distancia y de forma telemática, si así lo estimara conveniente, adoptando las garantías precisas en cuanto a la acreditación de identidad de sus miembros, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 40/ 2015 de 1 de octubre.

Las decisiones del Jurado serán firmes, irrevocables e inapelables.

 

9.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.

Para efectuar la selección de las propuestas en la Primera fase y la elección del ganador en la Segunda fase, se tendrán en cuenta los siguientes criterios, todos ellos de valoración cualitativa:

1ª Adecuación de la Propuesta al Programa de necesidades, con especial atención a los usos requeridos y necesidades organizativas de la nueva sede.

2º Adecuación real de la propuesta al presupuesto, detallado por partidas y oficios.

3º La calidad arquitectónica de la propuesta, con especial referencia a los aspectos de sostenibilidad y eficiencia energética.

 

10.- RESOLUCIÓN DEL CONCURSO.

10.1 El Jurado se constituirá dentro de los 15 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de las propuestas y, en su constitución deberán estar presentes, al menos, la mitad más uno de sus miembros, para que sean validos los acuerdos que se adopten, debiéndose proceder a la selección de las 3 propuestas finalistas.

Esta selección referida en el párrafo anterior indicará, por su lema (alfanumérico), cuáles son las tres propuestas finalistas, y menciones en su caso. El Jurado podrá emitir, asimismo, si así lo estima conveniente, un pronunciamiento sobre las propuestas excluidas, con el correspondiente razonamiento jurídico que lo sustente. 

Una vez que el Jurado haya adoptado esta decisión, se dará traslado de la misma al órgano de contratación, junto con el acta que recoja las motivaciones de la decisión adoptada.

10.2 Por el órgano de contratación se comunicará a los finalistas la decisión del jurado, y se les invitará a una exposición oral de su propuesta, de forma presencial, conforme a la segunda fase del desarrollo del presente concurso, especificada en el apartado “FASES DEL CONCURSO”. 

Las presentaciones se harán ante el órgano de contratación, el cual estará asistido por el jurado o, al menos por:

-          El Secretario General del CSCAE, o persona en quien delegue.

-          Uno de los Consejeros miembro del jurado.

-          Uno de los arquitectos de reconocido prestigio miembro del jurado.

10.3 El órgano de contratación adoptará la Resolución de adjudicación del concurso, motivando la elección del ganador y orden de los premiados. Esta Resolución se comunicará al adjudicatario y a los premiados,

Una vez adjudicado el concurso, se procederá a su exposición pública en la página web del CSCAE en el apartado habilitado a tal fin.

 

11.- PREMIOS.

11.1 El presente concurso contempla el pago de contraprestaciones económicas a los participantes finalistas en concepto de gastos de elaboración de propuestas y entrega de las mismas y su puesta a disposición del órgano de contratación, por un importe total de máximo total de 10.000 euros, (IVA excluido), con arreglo a:

·         PREMIO (GANADOR)

5.000 euros y el encargo profesional del proyecto y dirección de obra.

Los honorarios profesionales serán de 45.000 euros (proyecto + dirección obra + estudio y coordinación de seguridad y salud).

La cantidad recibida como premio tendrá carácter de pago a cuenta de los honorarios correspondientes y se deducirá de estos a la contratación de la redacción del correspondiente proyecto técnico, así como de dirección de la obra.

·         PRIMER ACCESIT

3.000 euros.

·         SEGUNDO ACCESIT:

2.000 euros.

No se podrá declarar desierto ningún premio por el órgano de contratación.

A estas cantidades se les detraerá el IRPF y se incluirá el IVA de aplicación.

11.2 MENCIONES HONORÍFICAS: Adicionalmente, el Jurado podrá proponer al órgano de contratación la mención de cuantos proyectos considere merecedores de tal distinción. Estas menciones no tendrán dotación económica. En todo caso, corresponde al órgano de contratación otorgar la/s mención/es honorífica/s.

 

12.- ENTREGA DE PREMIOS Y EXPOSICIÓN DE LOS TRABAJOS.

12.1 La concesión efectiva de los premios quedará condicionada a que se haya incluido la preceptiva documentación y que ésta sea correcta y demuestre fehacientemente la capacidad para contratar de conformidad con lo establecido en LCSP y demás requisitos establecidos en las presentes Bases.

12.2 El órgano de contratación podrá realizar la exposición que considere oportuna a través de exposiciones y publicaciones de todo o parte de los trabajos presentados al concurso.

 

13.- CONTRATACIÓN POSTERIOR DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN Y DIRECCIÓN DE OBRAS.

13.1 EL órgano de contratación adjudicará el contrato de redacción de proyecto y dirección de las obras para la “REFORMA INTEGRAL DEL PISO EN PROPIEDAD DEL CSCAE, MANTENIENDO SU SEDE INSTITUCIONAL EN CASTELLANA 12, 4º derecha”, de acuerdo con el ganador del concurso, incluyendo las modificaciones necesarias para garantizar su viabilidad y funcionalidad de la reforma proyectada, de conformidad con lo previsto en el apartado siguiente.

El ganador del concurso y adjudicatario posterior del contrato de redacción de proyecto y dirección de obra no podrá ceder ni subcontratar los trabajos objeto del contrato.

13.2 El órgano de contratación podrá sugerir al adjudicatario variaciones a la idea ganadora del concurso, de detalle y/o programáticas que pudieran ser precisas en función de las necesidades y objetivos que, en el momento de la contratación, a juicio del órgano de contratación, se requieran por razones técnicas, económicas, organizativas o de otro tipo, siempre que tales variaciones no alteren sustancialmente la idea ganadora. Igualmente, el órgano de contratación podrá proponer al ganador del concurso que introduzca en la propuesta ganadora cambios parciales y mejoras que no alteren la idea sustancial de la propuesta con la finalidad de mejorar y optimizar la distribución de espacios o usos; o los materiales empleados, entre otras mejoras similares.

La no aceptación por el adjudicatario de las variaciones establecidas por el órgano de contratación dará lugar a la resolución del contrato. El ganador del concurso y adjudicatario posterior del contrato de redacción de proyecto y dirección de obra no podrá ceder ni subcontratar los trabajos objeto del contrato.

13.3 Para la formalización del contrato, por el órgano de contratación se exigirá al adjudicatario la acreditación de la suscripción de la correspondiente Póliza de Seguros de responsabilidad civil que cubra daños por un valor mínimo de 200.000 euros. Sin la acreditación fehaciente del cumplimiento de este requisito por el adjudicatario, no podrá formalizarse el contrato de redacción de proyecto y dirección de obras referido.

13.4 PLAZOS ESTIMADOS: El plazo máximo que se establece para la redacción del Proyecto Básico y de Ejecución, Estudio de Seguridad y Salud, será de 2 meses contados desde la firma del contrato.

El plazo máximo estimado por el órgano de contratación para ejecución de las obras es de 6 meses, contados desde el día de la firma del acta de comprobación del replanteo de obras que se realice en su momento y teniendo en cuenta la naturaleza y los trabajos profesionales que se contraten.

En todo caso, los plazos señalados se establecen con carácter estimativo y en consecuencia han de fijarse teniendo en cuenta el objeto del contrato y la documentación técnica requerida.

 

14.- EQUIPO COMPONENTE DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA.

14.1 Dentro del equipo mínimo necesario para la asistencia técnica descrito en el apartado anterior, el adjudicatario del contrato para la Dirección Facultativa de las obras designará para tal fin, como mínimo, a los siguientes profesionales:

-          1 responsable de la dirección de obra, con titulación de Arquitecto. Será el director de obra, e interlocutor directo con el órgano de contratación.

-          1 responsable de seguridad y salud, para asumir la coordinación de seguridad y salud en la obra.

Las personas físicas o jurídicas que se designen como colaboradores, en caso de asumir funciones y responsabilidades concretas en la Dirección Facultativa de las Obras, serán designados para tal fin y deberán poseer la competencia necesaria, para, de acuerdo con la normativa aplicable que le afecte, asumir la parte correspondiente al trabajo encargado. Los facultativos tendrán siempre la titulación de Arquitecto.

14.2 Obligaciones de los componentes de la Dirección Facultativa.

Las obligaciones y responsabilidades de los diferentes componentes de la dirección facultativa de la obra se corresponderán con las reflejadas en la normativa vigente al respecto.

El órgano de contratación podrá reclamar del adjudicatario el cumplimiento del contrato en los términos del mismo, cuando su ejecución no sea conforme con las presentes bases o se incumpla la normativa aplicable. El adjudicatario estará facultado para efectuar las actuaciones precisas en orden a la ejecución adecuada del contrato, incluyendo la sustitución de cualquier miembro del equipo técnico.

 

15.- PROPIEDAD INTELECTUAL.

La propiedad intelectual de los trabajos presentados corresponderá a sus autores, cediendo en todo caso al CSCAE, la utilización de los mismos a los efectos de la redacción, en su caso, de un proyecto de desarrollo posterior.

 

El participante da su consentimiento para que las obras presentadas puedan ser utilizadas por el CSCAE para incluirlas en publicaciones, según el objeto del concurso.

 

16.- CONFIDENCIALIDAD

16.1.- Los participantes en el presente concurso deberán respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión del concurso en general. No podrá, sin previa autorización escrita del órgano de contratación, publicar noticias, dibujos y/o fotografías de las obras objeto del concurso, ni autorizar a terceros su publicación.

16.2.- En cuanto al deber de confidencialidad del órgano de contratación, no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores, que hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta, afectando a secretos técnicos o comerciales y otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia. Únicamente podrá extenderse a los documentos relativos que tengan una difusión restringida, nunca podrá extenderse a todo el contenido de la oferta ni al contenido de informes y documentación y en ningún caso, a documentos que sean públicamente accesibles, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.1 de la LCSP.

 

17.- PROTECCIÓN DE DATOS.

17.1.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 28.2 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, al requerir la ejecución del concurso y del contrato que ulteriormente derive de aquel, el tratamiento por el adjudicatario de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, se establece lo siguiente:

a) Los datos se cederán únicamente para la ejecución, tanto del concurso como del ulterior contrato que derive de aquel y para el cumplimiento de todas las prestaciones y obligaciones correspondientes. Asimismo, se cederán dichos datos, al objeto de la publicidad de las convocatorias y sus resultados y la publicación, difusión y exposición de los trabajos.

b) La obligación del ganador del concurso y adjudicatario del contrato de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202.

C)La obligación de la empresa adjudicataria de presentar antes de la formalización del contrato una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos.

d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra c) anterior.

e) La obligación de los licitadores de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.

17.2.- Las obligaciones anteriormente reseñadas, se califican como esenciales, a los efectos de lo previsto en letra f), del apartado 1, del artículo 211 de la LCSP

17.3.- En lo demás, se estará al régimen de protección de datos contenido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

 

18.- SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONCURSO.

Se establece como Secretaría Técnica del Concurso y unidad tramitadora del presente contrato, bajo dependencia directa del órgano de contratación, el Área Técnica del CSCAE.

 


 

ANEXO TÉCNICO

PROGRAMA DE NECESIDADES

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE ESPAÑA

Creado por Decreto de 13 de junio de 1931, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España es el organismo que reúne a todos los Colegios para la consecución de los fines de interés común general. Asimismo, es el órgano de representación de los Colegios y de la profesión ante las corporaciones públicas y privadas, y ante los organismos internacionales

 

Para conocer la actividad propia del CSCAE, se invita a los concursantes a visitar la página web www.cscae.com, donde podrán consultar las acciones, organigrama y funcionamiento general de esta Corporación de derecho público.

 

ACTIVIDAD ACTUAL

En la actualidad la actividad del CSCAE se desarrolla ocupando la planta cuarta en su totalidad, siendo objeto de este concurso la reforma únicamente del piso derecho, donde deberá concentrarse toda la actividad.

 

ESTADO ACTUAL

En la documentación gráfica se recoge la distribución actual, que ocupa la totalidad de la planta cuarta. Las propuestas deberán considerar que el programa debe concentrarse en el 4º derecha.

Igualmente se recoge un recorrido virtual por la sede actual, así como una nube de puntos, con el fin de que los concursantes puedan conocer de primera mano el estado actual Debe tenerse en consideración que el inmueble, de 1904, cuenta con un sistema constructivo de muros de fábrica de ladrillo macizo con pies derechos y carreras de madera, así como forjados con viguetas metálicas y entrevigados cerámicos.

Es imprescindible que las propuestas tengan en cuenta la relación entre los distintos departamentos, la coordinación entre los mismos, así como las circulaciones y dependencias internas y las externas.

 

PROGRAMA DE NECESIDADES

A continuación, se desglosan las actividades propias del CSCAE con comentarios sobre los mismos:

 

Recepción:

Espacio de recepción de documentación, envíos, concursos, representantes y asistentes a reuniones propias de la Institución.

 

Programa de necesidades:

§  Espacio de recepción de las visitas. Deberá contar con mobiliario adecuado para la espera.

§  Este espacio deberá estar directamente comunicado con el puesto de trabajo encargado de la atención de las visitas, de entre los distintos departamentos.

 

Salón de Plenos:

Al menos una vez al mes se reúne en la sede el Pleno del CSCAE, integrado por los Consejeros de todos los Colegios de España, asistidos por asesores, y con invitados en algunos casos.

La sala que acoge esta actividad deberá albergar una gran mesa de debate para la celebración de los Plenos con espacio para 21 asistentes.

Los miembros de la mesa deberán estar asistidos por las Secretarías y el Departamento Jurídico: actualmente disponen de una mesa de adjuntos.

Igualmente, en la actualidad al Pleno pueden asistir invitados o asesores, que actualmente ocupan otra mesa de adjuntos.

La sala deberá contar con un sistema de audiovisuales que permita la celebración de Plenos telemáticos, con sistema de microfonía y audio.

Se plantea que un frente de la Sala permita la incorporación de un “video wall” para la visualización de imágenes y vídeos, y que pueda ser utilizada tanto durante los Plenos como en otros actos.

La propuesta debe tratar de que la Sala de Plenos pueda albergar más usos, dadas sus dimensiones, y que sirva para actos de un determinado aforo. Para ello la propuesta deberá proponer un diseño de mesa que se pueda retirar (que deberá contar con un sistema de desmontaje ágil y la previsión de un espacio para retirarla).

El acceso y el desarrollo de actividades en el Salón de Plenos no deberán interferir en el funcionamiento ni en las circulaciones ordinarias de las tareas ordinarias del CSCAE. En ese sentido, por tanto, debe diferenciarse el programa más “público” del propio diario del CSCAE.

Programa de necesidades:

§  Mesa para 21 asistentes

§  Mesa de asesorías, para 5/6 personas

§  Mesa de invitados, para 5 personas aproximadamente

 

Equipo de Gobierno:

El Equipo de Gobierno del CSCAE coordina y dirige las acciones del Plan de actuación, y son elegidos mediante un proceso electoral.

Está integrado por cinco personas:

§  Presidente/a

§  Secretario/a General

§  Tesorero/a

§  Vicepresidente primero/a

§  Vicepresidente segundo/a

Los miembros del Equipo de Gobierno no tienen una dedicación exclusiva, sino que compatibilizan sus obligaciones en el CSCAE con su práctica profesional habitual.

Por otra parte, al ser elegidos mediante procedimiento electoral de entre los miembros de la mesa del Pleno de Consejeros, implica que pueden pertenecer a cualquier Colegio de Arquitectos de España.

Estas circunstancias implican que su asistencia al CSCAE no es continua todos los días de la semana, por lo que se requiere para su conjunto un programa más contenido, con carácter de representación y de organización de trabajo y coordinación.

Programa de necesidades:

§  Despacho de Presidencia: con espacio para celebrar reuniones institucionales y recepción de autoridades.

§  Despacho de Secretaría General: con espacio para celebrar reuniones de trabajo de los integrantes en el Equipo de Gobierno (cinco personas).

 

Secretaría de Presidencia y Secretaría General:

Espacio ocupado por dos personas, encargadas de ambas secretarías, que gestionan los accesos y visitas a los despachos de Presidencia y de Secretaría General, entre otras muchas funciones.

Las propuestas deben favorecer la comunicación de ambas Secretarías con Gerencia y la dirección de comunicación.

Programa de necesidades:

§  Deberá contar con espacio para dos puestos de trabajo.

§  El área de ambas Secretarías debe dar acceso a los despachos de Presidencia y Secretaría General.

§  Es necesario que este espacio de Secretarías cuente con un filtro previo encargado de la atención al público en general.

 

Gerencia:

El Gerente es el coordinador de las actividades desarrolladas en el CSCAE, responsable de la organización general del trabajo, la definición y asignación tareas, así como de la supervisión del desempeño y control presupuestario.

Debe tener comunicación con las Secretarías de Presidencia y Secretaría General, así como con la dirección de Comunicación.

Programa de necesidades:

§  Deberá contar con espacio para un puesto de trabajo

 

Área Técnica:

El Área Técnica desarrolla las acciones de normativa técnica, alegaciones técnicas, gestión, desarrollo y publicación de concursos, boletines, aplicaciones al servicio de los Arquitectos y coordinación de las Agrupaciones de Arquitectos a nivel nacional, entre otras funciones.

Mantiene comunicación con las áreas de comunicación, asesoría jurídica e informática.

Programa de necesidades:

§  Deberá contar con espacio para tres puestos de trabajo.

 

Departamento de Informática:

El Departamento de Informática es el responsable de dar soporte, a nivel interno, de todas las bases de datos y accesibilidad y, a nivel externo, de dar servicio a las aplicaciones desarrolladas al servicio de los Colegios y los colegiados.

Programa de necesidades:

§  Deberá contar con espacio para dos puestos de trabajo

 

Departamento Jurídico:

El Departamento Jurídico es el responsable de cubrir todas las necesidades a nivel legal- funciones consultivas, de asesoramiento y de representación y defensa ante juzgados/Tribunales- del CSCAE y del Pleno.

Programa de necesidades:

§  Deberá contar con espacio para un puesto de Dirección.

§  Deberá contar con espacio para tres puestos de trabajo y mesas auxiliares.

§  Deberá contar con espacio de archivo, librería o similar.

 

Departamento de Comunicación:

El Departamento de Comunicación es el responsable de difundir todas las acciones desarrolladas desde el CSCAE. Igualmente es el responsable de relaciones con los medios, redes sociales y producción audiovisual.

La directora del departamento debe tener comunicación con el Gerente y las Secretarías de Presidencia y General.

Programa de necesidades:

§  Deberá contar con espacio para tres puestos de trabajo.

§  Sería conveniente un espacio (armario o similar) para guardar el material audiovisual

§  La actividad institucional y de comunicación requiere de una pequeña sala de prensa para los actos con medios. Esta actividad puede encuadrarse dentro de las posibilidades del Salón de Plenos.

 

Departamento de Administración y Registro:

Este Departamento es el responsable de la administración general, contabilidad, registro de Arquitectos y presupuestos.

Programa de necesidades:

§  Deberá contar con espacio para dos puestos de trabajo

§  Deberá contar con un espacio para los ficheros de las fichas de colegiados, así como el material y expedientes propios de registro y administración.

 

Observatorio 2030 CSCAE:

El Observatorio 2030 es una iniciativa del CSCAE que, con el objetivo de impulsar la implementación de los ODS desde el ámbito de los Arquitectos, engloba a múltiples actores del sector en una serie de grupos de trabajo e iniciativas muy activas. Que requieren actos puntuales y reuniones de grupo que pueden producirse en los espacios ya contemplados por el resto de departamentos así como en el Salón de Plenos

Más información en http://www.observatorio2030.com/

Programa de necesidades:

§  Deberá contar con espacio para un puesto de Dirección.

§  Deberá contar con espacio para tres puestos de trabajo.

 

Otras necesidades del Programa:

Deberán contemplarse espacios para el siguiente programa:

 

§  Sala de reuniones: las propuestas deberán considerar la necesidad de un espacio para mantener reuniones de equipo y reuniones de representación con invitados externos. En ese sentido, más allá de las reuniones del Equipo de Gobierno con representantes de las Administraciones y de otras Instituciones, se mantienen reuniones externas por parte del Gerente, Observatorio, Comunicación o Asesoría Jurídica principalmente. Igualmente, un espacio para mantener reuniones es necesario a nivel interno para poder desarrollar los trabajos del día a día.

§  Aseos, separados por género. Los aseos deberán servir tanto para el uso del personal como para visitas o asistentes a actos y Plenos. La ubicación de los mismos deberá evitar circulaciones cruzadas entre el personal y las visitas externas. Deberá contemplarse la accesibilidad de los mismos.

§  Pequeño office para café y preparación de comidas ligeras. Las propuestas deben tener en cuenta que este espacio sea de uso interno, pero que pueda dar servicio al Salón de Plenos para el apoyo a actos institucionales.

§  Área de impresión con espacio suficiente para dos máquinas de impresión.

§  Espacio de almacenaje.

§  Espacio para utensilios de limpieza.

§  Espacio para los servidores: La infraestructura de servidores del CSCAE deberá ubicarse en el espacio bajo cubierta del edificio, en un espacio que actualmente se utiliza de almacén, y al que se accede por el núcleo de comunicación vertical de la escalera de servicio. Deberá preverse la comunicación mediante algunos hilos de red hacia un rack/distribuidor de datos y voz en la sede del CSCAE en la planta 4ª.

§  Todos los equipos informáticos deberán estar conectados por red cableada. Para ello, las propuestas deberán contemplar la propuesta de falso techo o verticales técnicas suelo técnico de manera que, cada puesto de trabajo deberá ir provisto de un mínimo de 4 enchufes de corriente, una toma RJ45 para datos y otra toma RJ45 para voz ip. Asimismo, habrá que implementar todas las tomas adicionales en los puntos estratégicos donde se pudieran requerir conexión directa mediante cable, como puede ser en la sala de Plenos / reuniones / prensa / fotocopiadoras-impresoras.

§  En la actualidad, el inmueble cuenta con agua caliente y calefacción centralizadas, a través de conexiones por el patio de la escalera de servicio. Las propuestas deberán contemplar la independencia energética de la sede con respecto al edificio.

§  Las propuestas deberán contemplar sistemas pasivos y activos que permitan alcanzar la mayor eficiencia energética.

 


 

ANEXO TÉCNICO

PROGRAMA DE MATERIALES

CONSIDERACIÓN GENERAL

Se pretende una oficina, dentro de la funcionalidad e imagen representativas adecuadas, en la que los materiales y mobiliario se integren con el mismo lenguaje, persiguiendo una solución adaptativa que permita resolver tanto los espacios de carácter público y abierto como los más internos y reservados. Por consiguiente, las propuestas son libres en lo referente a la elección de acabados y materiales.

Se pone a disposición de los concursantes el listado de patrocinadores con los que se ha acordado su participación, tanto en cuanto a apoyo técnico como material, para tener en cuenta en la redacción del consiguiente proyecto y para lo que pudiera considerarse en este concurso de ideas, en especial en lo referido a mobiliarios, sistemas de climatización, instalaciones y acabados.

En las páginas web de los mismos se pueden descargar las referencias del catálogo en archivos de dibujo.

 

PATROCINADORES

Mobiliario interior.......................................................................... ANDREU WORLD

https://andreuworld.com

Tabiquería seca............................................................................................. PLADUR

https://www.pladur.com

Acabados interiores y equipamientos debaño................................ PORCELANOSA

https://www.porcelanosa.com

Mecanismos eléctricos y domótica............................................... LEGRAND GROUP

https://www.legrand.es

Climatización................................................................... VAILLANT SAUNIER DUVAL

https://www.saunierduval.es

ROCA patrocina el presente concurso mediante la cesión de espacios para el desarrollo de la actividad del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España durante la ejecución de las obras.