CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN DE
JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA
INTEGRAL DE LA SEDE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE
ESPAÑA (CSCAE)
BASES
BASES DEL CONCURSO BAJO LEMA, EN DOS FASES, CON INTERVENCIÓN
DE JURADO, PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA REFORMA
INTEGRAL DE LA SEDE DEL CONSEJO SUPERIOR DE LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE
ESPAÑA (CSCAE), PASEO DE LA CASTELLANA 12 - 4º DCHA. (MADRID)
1.- OBJETO DEL CONCURSO
Y RÉGIMEN JURÍDICO
1.1
Las presentes Bases tienen por objeto establecer la regulación de las
condiciones que regirán el Concurso de proyectos, con intervención de Jurado,
en dos fases, con el fin de seleccionar la mejor propuesta atendiendo a la calidad
arquitectónica y sus valores técnicos, funcionales, espaciales, culturales y
medioambientales; así como su viabilidad técnica, económica y constructiva; y
así se valore por el Jurado.
La
finalidad es, por tanto, seleccionar por el jurado la mejor y más idónea
propuesta para redactar el proyecto básico y de ejecución, estudio de seguridad
y salud, así como la dirección de las obras y la coordinación de seguridad y
salud: “PARA LA REFORMA INTEGRAL DEL
PISO EN PROPIEDAD DEL CSCAE, MANTENIENDO SU SEDE INSTITUCIONAL EN CASTELLANA
12, 4º derecha”, con un programa que permita tanto la actividad
institucional, como la laboral, en un
entorno adecuado a la representatividad de la institución y al mejor desarrollo
de la labor de todos los miembros del equipo, en compatibilidad con el
teletrabajo.
1.2
El concurso se convoca, en lo que resulte de aplicación, conforme a las normas
del procedimiento de Concurso de proyectos, en los términos previstos en el
artículo 183 de la LCSP, supuesto comprendido en su apartado 2. a), modalidad
“Concursos de proyectos organizados en el marco de un procedimiento de
adjudicación de un contrato de servicios, en los que eventualmente se podrán
conceder premios o pagos. El contrato de servicios que resulte del concurso de proyectos
además también podrá tener por objeto la dirección facultativa de las obras
correspondientes, siempre y cuando así se indique en el anuncio de licitación
del concurso”.
Por
tanto, y sin perjuicio de los premios que se establecen, al concursante que sea
declarado ganador según lo dispuesto en estas Bases, el órgano de contratación
tiene previsto adjudicarle el contrato de servicios de redacción del Proyecto
Básico, Proyecto de Ejecución, Seguridad y Salud (estudio y coordinación),
Dirección Facultativa y demás trabajos complementarios necesarios para para dar
cumplimiento al programa de necesidades contenido en el Anexo técnico.
1.3
El contrato se rige por las presentes Bases y su Anexo técnico, por lo que
deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el
mismo acto de formalización del contrato.
En
lo no regulado por estas Bases se le aplicará al presente concurso de
proyectos, en todo aquello que resultare de aplicación, las normas y disposiciones reguladoras de la
contratación de servicios, según las previsiones de la Ley 9/2027, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), el Real Decreto 817/2009, de
8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector
Público, así como al Reglamento General de la ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, aprobado por Real decreto 1098/2001, (en adelante
RGLCAP), modificado parcialmente por el RD 773/2015 de 28 de agosto, en la
parte que no se oponga a los anteriores textos normativos y en tanto continúe
vigente.
Asimismo,
tendrá carácter contractual el Anexo técnico y la oferta presentada por el
ganador con el derecho que lleve aparejado conforme a lo establecido en las
presentes Bases.
1.4
El contrato que será objeto de adjudicación como consecuencia de este concurso
de proyectos es un contrato de servicios de Arquitectura y por tanto tiene la
naturaleza de prestaciones de carácter intelectual a los efectos de aplicación
de las previsiones contenidas en la LCSP, teniendo en cuenta además que, por la
documentación técnica requerida y metodología de trabajo, conllevan una labor
claramente intelectual.
1.5.-
El órgano de contratación que actúa en nombre del CSCAE, es la Presidenta del CSCAE. En su caso, podrá en virtud del
artículo 61.2 de la LCSP, delegar las competencias y facultades en esta materia
en el Secretario General, con cumplimiento de las
normas y formalidades aplicables. A los efectos del presente concurso, el
órgano de contratación ostenta todas las prerrogativas y potestades establecidas
en el artículo 190 de LCSP.
2.- PARTICIPANTES, INCOMPATIBILIDADES Y DEBER DE ABSTENCIÓN.
2.1
El concurso tiene ámbito nacional y los participantes podrán presentarse a
título individual o en equipo siendo, en todo caso,
el representante del mismo un Arquitecto/a colegiado/a
en un Colegio Oficial de Arquitectos de España.
2.2
Se establecen como causas de incompatibilidad del presente concurso, y por tanto, no podrán participar en el mismo:
a) Miembros
que actualmente ocupen cargo nominativo en algún órgano del CSCAE.
b) Miembros
que actualmente ocupen algún cargo en los órganos de dirección de: Consejos
autonómicos, Colegios, demarcaciones y/o Delegaciones, en la estructura
colegial española de la Arquitectura.
c) Miembros
que formen parte del Jurado calificador del presente concurso, así como
aquellos que hayan participado y/o colaborado en la redacción de las presentes
Bases.
d) Aquellos
arquitectos/as colegiados/as que tengan algún vínculo, en primer grado por
consanguinidad o afinidad, con los miembros referidos en el apartado a) y b) de
la presente cláusula.
e) Aquellos
arquitectos/as colegiados/as que en la actualidad se encuentren ligados en
virtud de una relación laboral y/o mercantil con cualquiera de las
corporaciones o entidades pertenecientes a la estructura colegial de la
Arquitectura.
f)
Aquellos/as arquitecto/as colegiados/as que
tengan una cuestión litigiosa ante los tribunales pendiente con cualquier
corporación o entidad de la estructura colegial en España, así como con los
miembros señalados en el apartado a ) y b) de la
presente cláusula.
g) Aquellos/as
arquitecto/as colegiados/as que estén ligados por una relación profesional,
mercantil y/o laboral, con cualquiera de los miembros señalados en el apartado a ), b) y c) de la presente cláusula.
h) Aquellos/as
arquitectos/as colegiados/as que estén incursos en alguna de las prohibiciones
de contratar establecidas en el artículo 71 de LCSP.
2.3
Ningún participante en el presente concurso podrá establecer ningún tipo de
relación profesional con los miembros del Jurado durante el periodo de
celebración del concurso.
2.4
En el supuesto de que alguno de los participantes en el concurso o de los
integrantes del equipo ostente la condición de funcionario, deberán presentar
autorización de compatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales
fuera de las Administraciones públicas, ajustándose a la normativa sobre
incompatibilidades aplicable.
3.- PROGRAMA DE NECESIDADES.
EL
MODELO DE OFICINA
Las
propuestas deben contemplar un concepto de oficina amable, contando con
materiales y texturas cálidas y acogedoras. La propuesta debe reflejar la
identidad de la institución , y enfocarse en conocer
bien el funcionamiento de trabajo del día a día del CSCAE, favoreciendo la
conexión entre determinados departamentos, estudiando las comunicaciones y
detallando las relaciones interpersonales e interdepartamentales que se
generan, conforme al programa básico solicitado.
En
la actualidad, la actividad del CSCAE se desarrolla en toda la planta cuarta el
edificio situado en el Paso de la Castellana Nº12. Esta planta cuenta con el
cuarto derecha (en propiedad) y el cuarto izquierda (en alquiler), que
actualmente están unidos.
El
concurso planteado parte de la necesidad de aunar en la planta cuarta derecha
todas las actividades que actualmente se desarrollan en toda la planta cuarta
(derecha e izquierda), aprovechando más los espacios y su potencial y
reduciendo las áreas destinadas a circulaciones.
Deberá
tenerse en cuenta el programa que se describe a continuación, teniendo muy
presente las relaciones entre los distintos departamentos, favoreciendo la
comunicación entre ellos, pero al mismo tiempo garantizando la comodidad del
puesto de trabajo y la concentración de los trabajadores y adecuado desempeño
de sus funciones.
Las
propuestas deberán hacer especial hincapié en el
diseño de interiores, ubicación de los puestos de trabajo y relación entre los
mismos.
Las
propuestas deberán, igualmente, cuidar la sostenibilidad y la eficiencia
energética dando prioridad a las acciones pasivas (intrínsecas a la
arquitectura) frente a las activas (consumo energético).
PROGRAMA
DE NECESIDADES.
El
programa de necesidades se incorpora como Anexo al final del presente
documento.
En
el mismo, más allá del propio programa, se especifica el funcionamiento
ordinario del CSCAE, así como el número y volumen de los departamentos.
El
programa es orientativo, y responde a necesidades mínimas.
4.- DOCUMENTACIÓN Y ANONIMATO.
La
presentación de la documentación requerida para el presente concurso se
realizará únicamente por vía telemática, a través de un apartado específico y
visible habilitado a tal fin en la página web del CSCAE.
Toda
propuesta presentada a través de cualquier otro medio, cauce o canal fuera del
medio habilitado para tal fin (referido anteriormente) quedará inmediatamente
excluida.
La
presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el
participante de la totalidad del contenido de estas Bases y de su Anexo
técnico.
El
órgano de contratación no asumirá responsabilidad alguna que pueda deducirse
por reclamaciones de indemnización por daños o derivadas de defectos técnicos
en la presentación de las proposiciones.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
DOCUMENTACIÓN
GRÁFICA:
La
documentación gráfica se presentará en soporte digital, en un único archivo en
formato PDF y tamaño A3, de hasta 4 hojas como máximo, y 20 megas como máximo.
Este
archivo deberá reflejar las plantas, alzados interiores, secciones, perspectiva
y cuantos detalles se estimen convenientes a los efectos de definir,
claramente, la idea que se propone.
La
representación será libre, pudiéndose utilizar las técnicas de grafismo y
expresión que se deseen.
En
el ángulo superior derecho de todos los paneles se expresará el lema del
trabajo, debiendo ser alfanumérico
(6 dígitos como máximo).
En
el ángulo inferior derecho de todos los paneles se expresará el Presupuesto
Estimado de Ejecución Material de la Actuación.
MEMORIA:
La
memoria descriptiva y justificativa de la propuesta se presentará en soporte
digital, en un único archivo en formato PDF y tamaño A4, de hasta 10 páginas
como máximo.
Deberá
incorporar el código alfanumérico (el mismo que en la documentación gráfica).
PRESUPUESTO:
El
Presupuesto se presentará en soporte digital, en un único archivo en formato
PDF y tamaño A4, de hasta 4 páginas como máximo.
Se
justificará un Presupuesto Estimado (a criterio del concursante) de Ejecución Material
de las obras (sin incluir gastos generales, beneficio industrial, ni
impuestos).
Deberá
incluir, un resumen de capítulos y subcapítulos, que exprese de manera clara
los trabajos generales a realizar y el mobiliario a incorporar, así como una
explicación aproximativa a la ejecución de los capítulos y subcapítulos,
preferiblemente describiendo oficios e instalaciones.
Deberá
incorporar el código alfanumérico (el mismo que en la documentación gráfica).
ANONIMATO
DE LAS PROPUESTAS
Los
concursantes se comprometen, por el mero hecho de presentar sus proposiciones,
a no divulgar la misma en ningún medio, por sí o por medio de cualquiera de los
miembros del equipo con el que concurra al presente concurso, antes de la
resolución del presente concurso por el órgano de contratación, para
garantizar el anonimato y preservar la objetividad del concurso. El
incumplimiento de este compromiso determinará la inmediata exclusión de la
propuesta.
Los
participantes no podrán mantener comunicaciones referentes al concurso con los
miembros del Jurado ni con el órgano de contratación. Serán excluidas las
propuestas que vulneren esta condición.
Asimismo,
serán excluidas aquellas propuestas en las que se constate que se ha producido
cualquier alteración, manipulación, tergiversación o cualquier otra actuación
de las que se pudiera desprender, directa o indirectamente, la identidad de sus
autores, vulnerando el anonimato.
DOCUMENTACIÓN
RELATIVA A LA IDENTIFICACIÓN DEL EQUIPO
En
el apartado web habilitado a tal efecto, se incorporarán los datos de
comunicación del participante y/o del equipo, en el apartado especificado para
ello.
5.- PLAZOS.
Los
períodos y el procedimiento del concurso, serán los
siguientes:
a) El
plazo para la presentación de las propuestas comenzará a partir del día
siguiente de la publicación de las presentes Bases en la página web del CSCAE,
en el apartado especificado para ello.
b) El
plazo de presentación de propuestas finalizará el 21 de febrero de 2023 a las
23:59 horas.
Finalizado
dicho plazo y previo examen de los trabajos, a los efectos de cumplimiento de
plazos, programas, normas de presentación y anonimato, se redactará un informe
por el órgano de contratación con propuesta de exclusión de los trabajos que
presenten anomalías, especificadas e individualizadas, que justifiquen tal
decisión de exclusión.
6.- CONSULTAS Y DOCUMENTACIÓN.
INFORMACIÓN
Y CONSULTAS
En
cualquier momento desde la fecha de la Convocatoria y hasta las 23: 59 horas
del día 10 de febrero de 2023, se podrán formular todas aquellas dudas y
consultas que se deseen.
A
tal efecto, en el espacio de la web del CSCAE donde se aloje toda la
documentación del presente concurso, se habilitará un buzón de consultas que
serán respondidas en la propia web una vez analizadas.
Las
consultas efectuadas y las respuestas evacuadas se alojarán en el mismo sitio
de la web del CSCAE, para conocimiento de todos los participantes, preservando
en todo caso el anonimato de los mismos.
DOCUMENTACIÓN.
La
documentación necesaria para el desarrollo de las propuestas podrá descargarse
de la página web del CSCAE en el espacio habilitado para el presente concurso,
consistente en planimetría (en formato vectorial abierto y pdf)
y recorrido virtual de la sede.
Adicionalmente,
se habilitará un día para visitar la sede de forma presencial para todos los
interesados en participar en el presente concurso. El día para la visita
referida se publicará a través del espacio habilitado para el presente concurso
en la página web del CSCAE, con suficiente antelación para su conocimiento. No
se exigirá identificación alguna para el acceso a la visita.
7- FASES DEL CONCURSO.
El
presente concurso se desarrollará en 2 FASES:
1.-
En la primera fase, podrán presentarse todos aquellos arquitectos/as
colegiados/as interesados que no incurran en causa de incompatibilidad o
exclusión establecidas en las presentes Bases, y entre los cuales se efectuará
una selección por el Jurado con respecto a las propuestas presentadas acerca
del objeto del concurso.
El
Jurado seleccionará a 3 participantes identificados bajo Lema (alfanumérico) en
función de las propuestas presentadas y conforme a los criterios de valoración
establecidos en las presentes Bases.
Una
vez seleccionados, se les invitará a participar en la Segunda fase del presente
concurso.
2.-
En la segunda fase, se invitará a los tres participantes seleccionados a
una presentación oral, de forma presencial, de su propuesta, ante el órgano de
contratación, para responder a problemas interpretativos de carácter técnico
referidos exclusivamente al contenido y características de las propuestas
seleccionadas, sin hacer referencia o alusión en ningún caso a las condiciones
subjetivas de los participantes.
El
órgano de contratación valorará las propuestas seleccionadas conforme a los
criterios de valoración establecidos en las presentes Bases.
8.- JURADO.
El
Jurado estará compuesto por:
- Presidente:
La presidenta del CSCAE, o persona en quien
delegue.
-Vocales:
Consejero/a de menor edad del Pleno de Consejeros del CSCAE o siguientes por edad, en caso de
imposibilidad.
Consejero/a de mayor edad del Pleno de Consejeros del CSCAE o siguientes por edad, en caso de
imposibilidad.
Dos (2) arquitectos/as de reconocido
prestigio a propuesta de la comisión de Premios y Distinciones del CSCAE
-Secretario:
El
Secretario General del CSCAE, o persona en quien
delegue.
Todos
actuarán con voz y voto. Todas las decisiones se adoptarán por mayoría simple
de votos, dirimiendo los posibles empates el voto de la Presidenta.
Constituido
el Jurado, se procederá a resolver motivadamente sobre la admisión definitiva
de los trabajos, así como sobre las incidencias que pudieran presentarse sobre
las incompatibilidades, exclusiones y otras, levantándose sobre todo ello la
correspondiente acta.
El
jurado podrá reunirse y celebrar sus sesiones a distancia y de forma
telemática, si así lo estimara conveniente, adoptando las garantías precisas en
cuanto a la acreditación de identidad de sus miembros, conforme a lo dispuesto
en el artículo 17.1 de la Ley 40/ 2015 de 1 de octubre.
Las
decisiones del Jurado serán firmes, irrevocables e inapelables.
9.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Para
efectuar la selección de las propuestas en la Primera fase y la elección del
ganador en la Segunda fase, se tendrán en cuenta los siguientes criterios,
todos ellos de valoración cualitativa:
1ª Adecuación de la Propuesta al Programa de
necesidades, con especial atención a los usos requeridos y necesidades
organizativas de la nueva sede.
2º Adecuación real de la propuesta al
presupuesto, detallado por partidas y oficios.
3º La calidad arquitectónica de la
propuesta, con especial referencia a los aspectos de sostenibilidad y
eficiencia energética.
10.- RESOLUCIÓN DEL CONCURSO.
10.1
El Jurado se constituirá dentro de los 15 días hábiles siguientes a la
finalización del plazo de presentación de las propuestas y, en su constitución
deberán estar presentes, al menos, la mitad más uno de sus miembros, para que
sean validos los acuerdos que se adopten, debiéndose proceder a la selección de
las 3 propuestas finalistas.
Esta
selección referida en el párrafo anterior indicará, por su lema (alfanumérico),
cuáles son las tres propuestas finalistas, y menciones en su caso. El Jurado
podrá emitir, asimismo, si así lo estima conveniente, un pronunciamiento sobre
las propuestas excluidas, con el correspondiente razonamiento jurídico que lo
sustente.
Una
vez que el Jurado haya adoptado esta decisión, se dará traslado de la misma al órgano de contratación, junto con el acta que
recoja las motivaciones de la decisión adoptada.
10.2
Por el órgano de contratación se comunicará a los finalistas la decisión del
jurado, y se les invitará a una exposición oral de su
propuesta, de forma presencial, conforme a la segunda fase del desarrollo del
presente concurso, especificada en el apartado “FASES DEL CONCURSO”.
Las
presentaciones se harán ante el órgano de contratación, el cual estará asistido
por el jurado o, al menos por:
-
El Secretario General
del CSCAE, o persona en quien delegue.
-
Uno de los Consejeros
miembro del jurado.
-
Uno de los arquitectos de reconocido prestigio
miembro del jurado.
10.3
El órgano de contratación adoptará la Resolución de adjudicación del concurso,
motivando la elección del ganador y orden de los premiados. Esta Resolución se
comunicará al adjudicatario y a los premiados,
Una
vez adjudicado el concurso, se procederá a su exposición pública en la página
web del CSCAE en el apartado habilitado a tal fin.
11.- PREMIOS.
11.1
El presente concurso contempla el pago de contraprestaciones económicas a los
participantes finalistas en concepto de gastos de elaboración de propuestas y
entrega de las mismas y su puesta a disposición del
órgano de contratación, por un importe total de máximo total de 10.000 euros,
(IVA excluido), con arreglo a:
·
PREMIO (GANADOR)
5.000 euros y el encargo profesional del
proyecto y dirección de obra.
Los honorarios profesionales serán de 45.000
euros (proyecto + dirección obra + estudio y coordinación de seguridad y
salud).
La cantidad recibida como premio tendrá
carácter de pago a cuenta de los honorarios correspondientes y se deducirá de
estos a la contratación de la redacción del correspondiente proyecto técnico,
así como de dirección de la obra.
·
PRIMER ACCESIT
3.000 euros.
·
SEGUNDO ACCESIT:
2.000 euros.
No
se podrá declarar desierto ningún premio por el órgano de contratación.
A
estas cantidades se les detraerá el IRPF y se incluirá el IVA de aplicación.
11.2
MENCIONES HONORÍFICAS: Adicionalmente, el Jurado podrá proponer al
órgano de contratación la mención de cuantos proyectos considere merecedores de
tal distinción. Estas menciones no tendrán dotación económica. En todo caso,
corresponde al órgano de contratación otorgar la/s mención/es honorífica/s.
12.- ENTREGA DE PREMIOS Y EXPOSICIÓN DE LOS TRABAJOS.
12.1
La concesión efectiva de los premios quedará condicionada a que se haya
incluido la preceptiva documentación y que ésta sea correcta y demuestre
fehacientemente la capacidad para contratar de conformidad con lo establecido
en LCSP y demás requisitos establecidos en las presentes Bases.
12.2
El órgano de contratación podrá realizar la exposición que considere oportuna a
través de exposiciones y publicaciones de todo o parte de los trabajos
presentados al concurso.
13.- CONTRATACIÓN POSTERIOR DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN Y
DIRECCIÓN DE OBRAS.
13.1
EL órgano de contratación adjudicará el contrato de redacción de proyecto y
dirección de las obras para la “REFORMA INTEGRAL DEL PISO EN PROPIEDAD DEL
CSCAE, MANTENIENDO SU SEDE INSTITUCIONAL EN CASTELLANA 12, 4º derecha”, de
acuerdo con el ganador del concurso, incluyendo las modificaciones necesarias
para garantizar su viabilidad y funcionalidad de la reforma proyectada, de
conformidad con lo previsto en el apartado siguiente.
El
ganador del concurso y adjudicatario posterior del contrato de redacción de
proyecto y dirección de obra no podrá ceder ni subcontratar los trabajos objeto
del contrato.
13.2
El órgano de contratación podrá sugerir al adjudicatario variaciones a la idea
ganadora del concurso, de detalle y/o programáticas que pudieran ser precisas
en función de las necesidades y objetivos que, en el momento de la
contratación, a juicio del órgano de contratación, se requieran por razones
técnicas, económicas, organizativas o de otro tipo, siempre que tales
variaciones no alteren sustancialmente la idea ganadora. Igualmente, el órgano
de contratación podrá proponer al ganador del concurso que introduzca en la
propuesta ganadora cambios parciales y mejoras que no alteren la idea
sustancial de la propuesta con la finalidad de mejorar y optimizar la
distribución de espacios o usos; o los materiales empleados, entre otras
mejoras similares.
La
no aceptación por el adjudicatario de las variaciones establecidas por el
órgano de contratación dará lugar a la resolución del contrato. El ganador del concurso
y adjudicatario posterior del contrato de redacción de proyecto y dirección de
obra no podrá ceder ni subcontratar los trabajos objeto del contrato.
13.3
Para la formalización del contrato, por el órgano de contratación se exigirá al
adjudicatario la acreditación de la suscripción de la correspondiente Póliza de
Seguros de responsabilidad civil que cubra daños por un valor mínimo de 200.000
euros. Sin la acreditación fehaciente del cumplimiento de este requisito por el
adjudicatario, no podrá formalizarse el contrato de redacción de proyecto y
dirección de obras referido.
13.4
PLAZOS ESTIMADOS: El plazo máximo que se establece para la redacción del
Proyecto Básico y de Ejecución, Estudio de Seguridad y Salud, será de 2
meses contados desde la firma del contrato.
El
plazo máximo estimado por el órgano de contratación para ejecución de las obras
es de 6 meses, contados desde el día de la firma del acta de
comprobación del replanteo de obras que se realice en su momento y teniendo en
cuenta la naturaleza y los trabajos profesionales que se contraten.
En
todo caso, los plazos señalados se establecen con carácter estimativo y en
consecuencia han de fijarse teniendo en cuenta el objeto del contrato y la
documentación técnica requerida.
14.- EQUIPO COMPONENTE DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA.
14.1
Dentro del equipo mínimo necesario para la asistencia técnica descrito en el
apartado anterior, el adjudicatario del contrato para la Dirección Facultativa
de las obras designará para tal fin, como mínimo, a los siguientes
profesionales:
-
1 responsable de la dirección de obra, con
titulación de Arquitecto. Será el director de obra, e interlocutor directo con
el órgano de contratación.
-
1 responsable de seguridad y salud, para asumir
la coordinación de seguridad y salud en la obra.
Las
personas físicas o jurídicas que se designen como colaboradores, en caso de
asumir funciones y responsabilidades concretas en la Dirección Facultativa de las
Obras, serán designados para tal fin y deberán poseer la competencia necesaria,
para, de acuerdo con la normativa aplicable que le afecte, asumir la parte
correspondiente al trabajo encargado. Los facultativos tendrán siempre la
titulación de Arquitecto.
14.2
Obligaciones de los componentes de la Dirección Facultativa.
Las
obligaciones y responsabilidades de los diferentes componentes de la dirección
facultativa de la obra se corresponderán con las reflejadas en la normativa
vigente al respecto.
El
órgano de contratación podrá reclamar del adjudicatario el cumplimiento del
contrato en los términos del mismo, cuando su
ejecución no sea conforme con las presentes bases o se incumpla la normativa
aplicable. El adjudicatario estará facultado para efectuar las actuaciones
precisas en orden a la ejecución adecuada del contrato, incluyendo la
sustitución de cualquier miembro del equipo técnico.
15.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
La
propiedad intelectual de los trabajos presentados corresponderá a sus autores,
cediendo en todo caso al CSCAE, la utilización de los mismos
a los efectos de la redacción, en su caso, de un proyecto de desarrollo
posterior.
El
participante da su consentimiento para que las obras presentadas puedan ser
utilizadas por el CSCAE para incluirlas en publicaciones, según el objeto del
concurso.
16.- CONFIDENCIALIDAD
16.1.-
Los participantes en el presente concurso deberán respetar el carácter
confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión del
concurso en general. No podrá, sin previa autorización escrita del órgano de
contratación, publicar noticias, dibujos y/o fotografías de las obras objeto
del concurso, ni autorizar a terceros su publicación.
16.2.-
En cuanto al deber de confidencialidad del órgano de contratación, no podrá
divulgar la información facilitada por los licitadores, que hayan designado
como confidencial en el momento de presentar su oferta, afectando a secretos
técnicos o comerciales y otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado
para falsear la competencia. Únicamente podrá extenderse a los documentos
relativos que tengan una difusión restringida, nunca podrá extenderse a todo el
contenido de la oferta ni al contenido de informes y documentación y en ningún
caso, a documentos que sean públicamente accesibles, todo ello de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 133.1 de la LCSP.
17.- PROTECCIÓN DE DATOS.
17.1.-
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 28.2 del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga
la Directiva 95/46/CE, al requerir la ejecución del concurso y del contrato que
ulteriormente derive de aquel, el tratamiento por el adjudicatario de datos
personales por cuenta del responsable del tratamiento, se establece lo
siguiente:
a)
Los datos se cederán únicamente para la ejecución, tanto del concurso como del
ulterior contrato que derive de aquel y para el cumplimiento de todas las
prestaciones y obligaciones correspondientes. Asimismo, se cederán dichos
datos, al objeto de la publicidad de las convocatorias y sus resultados y la
publicación, difusión y exposición de los trabajos.
b)
La obligación del ganador del concurso y adjudicatario del contrato de
someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia
de protección de datos, sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo
del apartado 1 del artículo 202.
C)La obligación de la empresa
adjudicataria de presentar antes de la formalización del contrato una
declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los
servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos.
d)
La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la
vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se
refiere la letra c) anterior.
e)
La obligación de los licitadores de indicar en su oferta, si tienen previsto
subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o
el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia
profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su
realización.
17.2.-
Las obligaciones anteriormente reseñadas, se califican como esenciales, a los
efectos de lo previsto en letra f), del apartado 1, del artículo 211 de la LCSP
17.3.-
En lo demás, se estará al régimen de protección de datos contenido en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016 y Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de datos
personales y garantía de los derechos digitales.
18.- SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONCURSO.
Se
establece como Secretaría Técnica del Concurso y unidad
tramitadora del presente contrato, bajo dependencia directa del órgano de
contratación, el Área Técnica del CSCAE.
ANEXO
TÉCNICO
PROGRAMA
DE NECESIDADES
EL CONSEJO SUPERIOR DE LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE ESPAÑA
Creado por Decreto de 13 de
junio de 1931, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España es
el organismo que reúne a todos los Colegios para la consecución de los fines de
interés común general. Asimismo, es el órgano de representación de los Colegios
y de la profesión ante las corporaciones públicas y privadas, y ante los
organismos internacionales
Para conocer la actividad
propia del CSCAE, se invita a los concursantes a visitar la página web www.cscae.com, donde podrán consultar las acciones,
organigrama y funcionamiento general de esta Corporación de derecho público.
ACTIVIDAD ACTUAL
En la actualidad la actividad
del CSCAE se desarrolla ocupando la planta cuarta en su totalidad, siendo
objeto de este concurso la reforma únicamente del piso derecho, donde deberá
concentrarse toda la actividad.
ESTADO ACTUAL
En la documentación gráfica se
recoge la distribución actual, que ocupa la totalidad de la planta cuarta. Las
propuestas deberán considerar que el programa debe concentrarse en el 4º
derecha.
Igualmente se recoge un recorrido virtual por
la sede actual, así como una nube de puntos, con el fin de que los concursantes
puedan conocer de primera mano el estado actual Debe tenerse en consideración
que el inmueble, de 1904, cuenta con un sistema constructivo de muros de
fábrica de ladrillo macizo con pies derechos y carreras de madera, así como
forjados con viguetas metálicas y entrevigados cerámicos.
Es imprescindible que las
propuestas tengan en cuenta la relación entre los distintos departamentos, la
coordinación entre los mismos, así como las circulaciones y dependencias
internas y las externas.
PROGRAMA DE NECESIDADES
A continuación, se desglosan
las actividades propias del CSCAE con comentarios sobre los mismos:
Recepción:
Espacio de recepción de
documentación, envíos, concursos, representantes y asistentes a reuniones
propias de la Institución.
Programa de necesidades:
§ Espacio
de recepción de las visitas. Deberá contar con mobiliario adecuado para la
espera.
§ Este
espacio deberá estar directamente comunicado con el puesto de trabajo encargado
de la atención de las visitas, de entre los distintos departamentos.
Salón de Plenos:
Al menos una vez al mes se
reúne en la sede el Pleno del CSCAE, integrado por los Consejeros
de todos los Colegios de España, asistidos por asesores, y con invitados en
algunos casos.
La sala que acoge esta
actividad deberá albergar una gran mesa de debate para la celebración de los
Plenos con espacio para 21 asistentes.
Los miembros de la mesa
deberán estar asistidos por las Secretarías y el Departamento Jurídico:
actualmente disponen de una mesa de adjuntos.
Igualmente, en la actualidad
al Pleno pueden asistir invitados o asesores, que actualmente ocupan otra mesa
de adjuntos.
La sala deberá contar con un
sistema de audiovisuales que permita la celebración de Plenos telemáticos, con
sistema de microfonía y audio.
Se plantea que un frente de la
Sala permita la incorporación de un “video wall” para
la visualización de imágenes y vídeos, y que pueda ser utilizada tanto durante
los Plenos como en otros actos.
La propuesta debe tratar de
que la Sala de Plenos pueda albergar más usos, dadas sus dimensiones, y que
sirva para actos de un determinado aforo. Para ello la propuesta deberá
proponer un diseño de mesa que se pueda retirar (que deberá contar con un
sistema de desmontaje ágil y la previsión de un espacio para retirarla).
El acceso y el desarrollo de
actividades en el Salón de Plenos no deberán interferir en el funcionamiento ni
en las circulaciones ordinarias de las tareas ordinarias del CSCAE. En ese
sentido, por tanto, debe diferenciarse el programa más “público” del propio
diario del CSCAE.
Programa de necesidades:
§ Mesa
para 21 asistentes
§ Mesa
de asesorías, para 5/6 personas
§ Mesa
de invitados, para 5 personas aproximadamente
Equipo de Gobierno:
El Equipo de Gobierno del
CSCAE coordina y dirige las acciones del Plan de actuación, y son elegidos
mediante un proceso electoral.
Está integrado por cinco
personas:
§ Presidente/a
§ Secretario/a
General
§ Tesorero/a
§ Vicepresidente
primero/a
§ Vicepresidente
segundo/a
Los miembros del Equipo de
Gobierno no tienen una dedicación exclusiva, sino que compatibilizan sus obligaciones
en el CSCAE con su práctica profesional habitual.
Por otra parte, al ser
elegidos mediante procedimiento electoral de entre los miembros de la mesa del
Pleno de Consejeros, implica que pueden pertenecer a
cualquier Colegio de Arquitectos de España.
Estas circunstancias implican
que su asistencia al CSCAE no es continua todos los días de la semana, por lo
que se requiere para su conjunto un programa más contenido, con carácter de
representación y de organización de trabajo y coordinación.
Programa de necesidades:
§ Despacho
de Presidencia: con espacio para celebrar reuniones institucionales y recepción
de autoridades.
§ Despacho
de Secretaría General: con espacio para celebrar reuniones de trabajo de los
integrantes en el Equipo de Gobierno (cinco personas).
Secretaría de Presidencia y
Secretaría General:
Espacio ocupado por dos
personas, encargadas de ambas secretarías, que gestionan los accesos y visitas
a los despachos de Presidencia y de Secretaría General, entre otras muchas
funciones.
Las propuestas deben favorecer
la comunicación de ambas Secretarías con Gerencia y la dirección de
comunicación.
Programa de necesidades:
§ Deberá
contar con espacio para dos puestos de trabajo.
§ El
área de ambas Secretarías debe dar acceso a los despachos de Presidencia y
Secretaría General.
§ Es
necesario que este espacio de Secretarías cuente con un filtro previo encargado
de la atención al público en general.
Gerencia:
El Gerente es el coordinador
de las actividades desarrolladas en el CSCAE, responsable de la organización
general del trabajo, la definición y asignación tareas, así como de la
supervisión del desempeño y control presupuestario.
Debe tener comunicación con
las Secretarías de Presidencia y Secretaría General, así como con la dirección
de Comunicación.
Programa de necesidades:
§
Deberá contar con espacio para un puesto de
trabajo
Área Técnica:
El Área Técnica desarrolla las
acciones de normativa técnica, alegaciones técnicas, gestión, desarrollo y
publicación de concursos, boletines, aplicaciones al servicio de los
Arquitectos y coordinación de las Agrupaciones de Arquitectos a nivel nacional,
entre otras funciones.
Mantiene comunicación con las
áreas de comunicación, asesoría jurídica e informática.
Programa de necesidades:
§
Deberá contar con espacio para tres puestos de
trabajo.
Departamento de
Informática:
El Departamento de Informática
es el responsable de dar soporte, a nivel interno, de todas las bases de datos
y accesibilidad y, a nivel externo, de dar servicio a las aplicaciones
desarrolladas al servicio de los Colegios y los colegiados.
Programa de necesidades:
§
Deberá contar con espacio para dos puestos de
trabajo
Departamento Jurídico:
El Departamento Jurídico es el
responsable de cubrir todas las necesidades a nivel legal- funciones
consultivas, de asesoramiento y de representación y defensa ante
juzgados/Tribunales- del CSCAE y del Pleno.
Programa de necesidades:
§ Deberá
contar con espacio para un puesto de Dirección.
§ Deberá
contar con espacio para tres puestos de trabajo y mesas auxiliares.
§ Deberá
contar con espacio de archivo, librería o similar.
Departamento de
Comunicación:
El Departamento de
Comunicación es el responsable de difundir todas las acciones desarrolladas
desde el CSCAE. Igualmente es el responsable de relaciones con los medios,
redes sociales y producción audiovisual.
La directora del departamento
debe tener comunicación con el Gerente y las Secretarías de Presidencia y
General.
Programa de necesidades:
§ Deberá
contar con espacio para tres puestos de trabajo.
§ Sería
conveniente un espacio (armario o similar) para guardar el material audiovisual
§ La
actividad institucional y de comunicación requiere de una pequeña sala de
prensa para los actos con medios. Esta actividad puede encuadrarse dentro de
las posibilidades del Salón de Plenos.
Departamento de
Administración y Registro:
Este Departamento es el
responsable de la administración general, contabilidad, registro de Arquitectos
y presupuestos.
Programa de necesidades:
§ Deberá
contar con espacio para dos puestos de trabajo
§ Deberá
contar con un espacio para los ficheros de las fichas de colegiados, así como
el material y expedientes propios de registro y administración.
Observatorio 2030 CSCAE:
El Observatorio 2030 es una
iniciativa del CSCAE que, con el objetivo de impulsar la implementación de los
ODS desde el ámbito de los Arquitectos, engloba a múltiples actores del sector
en una serie de grupos de trabajo e iniciativas muy activas. Que requieren
actos puntuales y reuniones de grupo que pueden producirse en los espacios ya
contemplados por el resto de departamentos así como en
el Salón de Plenos
Más información en http://www.observatorio2030.com/
Programa de necesidades:
§ Deberá
contar con espacio para un puesto de Dirección.
§ Deberá
contar con espacio para tres puestos de trabajo.
Otras necesidades del
Programa:
Deberán contemplarse espacios
para el siguiente programa:
§ Sala
de reuniones: las propuestas deberán considerar la necesidad de un espacio para
mantener reuniones de equipo y reuniones de representación con invitados
externos. En ese sentido, más allá de las reuniones del Equipo de Gobierno con
representantes de las Administraciones y de otras Instituciones, se mantienen
reuniones externas por parte del Gerente, Observatorio, Comunicación o Asesoría
Jurídica principalmente. Igualmente, un espacio para mantener reuniones es
necesario a nivel interno para poder desarrollar los trabajos del día a día.
§ Aseos,
separados por género. Los aseos deberán servir tanto para el uso del personal
como para visitas o asistentes a actos y Plenos. La ubicación de los mismos deberá evitar circulaciones cruzadas entre el
personal y las visitas externas. Deberá contemplarse la accesibilidad de los
mismos.
§ Pequeño
office para café y preparación de comidas ligeras. Las propuestas deben tener
en cuenta que este espacio sea de uso interno, pero que pueda dar servicio al
Salón de Plenos para el apoyo a actos institucionales.
§ Área
de impresión con espacio suficiente para dos máquinas de impresión.
§ Espacio
de almacenaje.
§ Espacio
para utensilios de limpieza.
§ Espacio
para los servidores: La infraestructura de servidores del CSCAE deberá ubicarse
en el espacio bajo cubierta del edificio, en un espacio que actualmente se
utiliza de almacén, y al que se accede por el núcleo de comunicación vertical
de la escalera de servicio. Deberá preverse la comunicación mediante algunos
hilos de red hacia un rack/distribuidor de datos y voz en la sede del CSCAE en
la planta 4ª.
§ Todos
los equipos informáticos deberán estar conectados por red cableada. Para ello,
las propuestas deberán contemplar la propuesta de falso techo o verticales
técnicas suelo técnico de manera que, cada puesto de trabajo deberá ir provisto
de un mínimo de 4 enchufes de corriente, una toma RJ45 para datos y otra toma
RJ45 para voz ip. Asimismo, habrá que implementar
todas las tomas adicionales en los puntos estratégicos donde se pudieran
requerir conexión directa mediante cable, como puede ser en la sala de Plenos /
reuniones / prensa / fotocopiadoras-impresoras.
§ En
la actualidad, el inmueble cuenta con agua caliente y calefacción
centralizadas, a través de conexiones por el patio de la escalera de servicio.
Las propuestas deberán contemplar la independencia energética de la sede con
respecto al edificio.
§ Las
propuestas deberán contemplar sistemas pasivos y activos que permitan alcanzar
la mayor eficiencia energética.
ANEXO TÉCNICO
PROGRAMA DE
MATERIALES
CONSIDERACIÓN GENERAL
Se pretende una oficina, dentro de la
funcionalidad e imagen representativas adecuadas, en la que los materiales y
mobiliario se integren con el mismo lenguaje, persiguiendo una solución
adaptativa que permita resolver tanto los espacios de carácter público y
abierto como los más internos y reservados. Por consiguiente, las propuestas
son libres en lo referente a la elección de acabados y materiales.
Se pone a disposición de los concursantes el
listado de patrocinadores con los que se ha acordado su participación, tanto en
cuanto a apoyo técnico como material, para tener en cuenta en la redacción del
consiguiente proyecto y para lo que pudiera considerarse en este concurso de
ideas, en especial en lo referido a mobiliarios, sistemas de climatización,
instalaciones y acabados.
En las páginas web de los
mismos se pueden descargar las referencias del catálogo en archivos de
dibujo.
PATROCINADORES
Mobiliario
interior.......................................................................... ANDREU WORLD
https://andreuworld.com
Tabiquería
seca............................................................................................. PLADUR
https://www.pladur.com
Acabados interiores y equipamientos debaño................................ PORCELANOSA
https://www.porcelanosa.com
Mecanismos
eléctricos y domótica............................................... LEGRAND GROUP
https://www.legrand.es
Climatización................................................................... VAILLANT
SAUNIER DUVAL
https://www.saunierduval.es
ROCA
patrocina el presente concurso mediante la cesión de espacios para el
desarrollo de la actividad del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos
de España durante la ejecución de las obras.