FAQS Ayudas a la Rehabilitación - Procedimiento y

alcance

¿El importe subvencionado de la línea 5.2 para proyecto se descuenta del total a percibir de la línea 3?

PREGUNTA COMPLETA: El proyecto de rehabilitación se subvenciona a través de la línea 5.2, y para ello hay que aportar dicho proyecto en el cual se recojan las actuaciones a realizar. ¿El importe subvencionado de la línea 5.2 para proyecto se descuenta del total a percibir de la línea 3?

RESPUESTA: Cuando el proyecto haya recibido subvención con cargo al programa 5, para la redacción de proyectos de rehabilitación, se descontará la cantidad recibida de la cuantía de la subvención con cargo a este programa. La determinación de la cuantía máxima de la ayuda con cargo a este programa se determinará incluyendo el coste del proyecto en la inversión subvencionable y descontando de dicha cuantía máxima, la ayuda que hubiese sido concedida dentro del programa 5 para la redacción del proyecto.( art. 34.2 RD 853/2021)

¿ La CEE presentada a ambas ayudas tendría en cuenta actuaciones de proyecto completo, tanto las subvencionadas como las no subvencionadas?

PREGUNTA COMPLETA: Tenemos un proyecto que incluye cambio de ventanas y mejora de aislamiento, además de sustitución de caldera de gas por pellets. Hay un único proyecto, pero se presenta a subvención de P3 mejora de aislamiento y sustitución de caldera de gas por pellets y a P4, cambio de ventanas. ¿Cómo funcionan la compatibilidad de CEE? ¿ La CEE presentada a ambas ayudas tendría en cuenta actuaciones de proyecto completo, tanto las subvencionadas como las no subvencionadas?

RESPUESTA:

Para la CEE del “edificio” posterior a la realización de las obras contempladas en el proyecto, de cara a la justificación de la ayuda máxima con cargo al programa 3, de acuerdo con la regulación establecida, se entiende que puede interpretarse que el mismo puede incluir todas las actuaciones realizadas en el mismo con independencia de que hayan recibido subvención con cargo al citado programa 3 o al programa 4. Para la CEE de la “vivienda”, de cara a la justificación de la ayuda máxima con cargo al programa 4 o las posibles deducciones fiscales, se incluirán solo las actuaciones realizadas en la vivienda que sean subvencionadas con cargo al programa 4, no pudiéndose incluir el efecto de otras actuaciones subvencionadas por otros programas o no subvencionadas.

¿La subvención para la redacción del proyecto se otorga con independencia a que se realicen o no las actuaciones de ahorro energético?

Pregunta completa: Si no se llegasen a realizar las actuaciones, no se solicitasen las ayudas de la línea 3 de edificios y por tanto no hubiese el mínimo del 30% del ahorro energético ¿Habría que devolver la subvención de la línea 5.2 recibida para la redacción del proyecto de rehabilitación o la subvención para la redacción del proyecto se otorga con independencia a que se realicen o no las actuaciones de ahorro energético?

RESPUESTA:

No, no habría que devolver la subvención para la redacción del proyecto, en el supuesto de no ejecutar las obras

¿Cómo funciona la compatibilidad de ayudas a nivel económico?

PREGUNTA COMPLETA: Tenemos un proyecto que incluye cambio de ventanas y mejora de aislamiento, además de sustitución de caldera de gas por pellets. Hay un único proyecto, pero se presenta a subvención de P3 mejora de aislamiento y sustitución de caldera de gas por pellets y a P4, cambio de ventanas. ¿Cómo funciona la compatibilidad de ayudas a nivel económico?

RESPUESTA:

No puede existir doble financiación de una actuación. Es decir, una actuación sólo puede recibir fondos procedentes de un programa de fondos Next. Ejemplo:
No puede producirse solape entre las actuaciones subvencionables consideradas para la determinación de las ayudas por el programa 3 y por el programa 4. En ningún caso dos subvenciones podrán servir para cubrir el mismo coste.

¿En qué periodo se practicaría la deducción del 60%? En caso de practicarse en 2024, ¿la base máxima de la deducción serían 5.000 euros, sin poder aprovecharse entonces de la base acumulada de 15.000 euros a repartir en diferentes periodos con el límite a

PREGUNTA COMPLETA: En el caso de una obra realizada en los años 2022 y 2023, en las que el CEE se emite en el 2024. ¿En qué periodo se practicaría la deducción del 60%? En caso de practicarse en 2024, ¿la base máxima de la deducción serían 5.000 euros, sin poder aprovecharse entonces de la base acumulada de 15.000 euros a repartir en diferentes periodos con el límite anterior?

RESPUESTA: 

Como hablamos de la deducción del 60% en el año 2024 aún se puede tener derecho por las obras realizadas durante 2022-2023. En este caso la deducción se practica en el año 2024 que se presentará en 2025.

Esta deducción tiene como base máxima el 60% de 15.000€, es decir 9.000€, sin embargo no se puede aplicar de golpe, sino en 3 años con un máximo cada año de 3.000€, como el certificado se ha emitido en 2024, se podrá aplicar la deducción en 2024-2025 y 2026, porque el incentivo fiscal se consolidó en 2024.

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