Con fecha 19.11.2013, el TSJ de Castilla y León ha confirmado una Sentencia emitida por una instancia judicial de 1ª Instancia, relativa al recurso interpuesto por el Colegio de Ingenieros de Caminos contra las bases de un concurso de ideas para la adjudicación del proyecto de reordenación de una Plaza perteneciente a un Conjunto Histórico, incluyendo bajo la misma un estacionamiento subterráneo, que restringía la participación a los arquitectos, en caso de profesionales individuales, u obligaba a que los equipos multidisciplinares tuvieran como director a un titulado en Arquitectura.
La Sentencia mantiene la doctrina, ya expresada por otros Juzgados o el Tribunal Supremo, de que las intervenciones de edificación en el ámbito del patrimonio histórico-artístico y de Bienes de Interés Cultural corresponden en exclusiva a los arquitectos en razón de la especial incidencia de su programa de estudios en aspectos estéticos, históricos y de planificación urbanística.