Historia de CSCAE

Los Colegios de Arquitectos, creados en 1929, sobre la base y por iniciativa de las Sociedades de Arquitectos entonces existentes, quedaron constituidos en el año 1931 en virtud de los Estatutos aprobados por Decreto del Gobierno provisional de la República de 13 de junio, ratificado por las Cortes Constituyentes mediante Ley de 4 de noviembre siguiente.foto01
Durante estos años, los seis Colegios iniciales han dado lugar a los veintiséis actuales, mientras que los casi mil Arquitectos de entonces hoy están cerca de cincuenta mil.
Los Colegios constituyen una organización plural, eminentemente respetuosa de todas las peculiaridades territoriales de nuestro país mediante la autonomía de cada Colegio; pero unitaria, por medio del Consejo Superior de los Colegios, en la salvaguarda de lo que reviste verdadero interés general.

Toda institución desarrolla su ideario y es, en buena parte, responsable de su propia imagen en constante evolución. Los Colegios de Arquitectos y su Consejo Superior guardan con especial celo la definición estatutaria de su objeto fundacional: "procurar que se cumplan en todos los casos los fines que corresponden a la Arquitectura considerada como una función social". Este concepto se mantiene en los modernos Estatutos, hoy vigentes, cuando señalan en su artículo 1º como objeto de la organización colegial “servir al interés general de la sociedad promoviendo la mejor realización de las funciones profesionales propias de los Arquitectos”. He aquí un verdadero imperativo radical que nos sitúa, como es obligado, en el plano de la utopía.

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Y, en efecto los Colegios han vivido y viven vinculados por el compromiso de servicio a la Arquitectura como función relativa a la cultura y a la satisfacción de necesidades sociales primarias, y de defensa de su práctica como profesión. Hoy, bajo el reconocimiento de la Constitución Española -art. 36-, la institución colegial es el soporte de la autonomía necesaria para el quehacer profesional del Arquitecto al servicio del interés público.

En años recientes, asumieron un importante papel en defensa de la racionalidad y disciplina urbanística y del medio ambiente, prestando cauce a las reivindicaciones de sectores sociales que entonces no lo tenían.

Simultáneamente, los Colegios son entes de servicio a la profesión y, a través de ella, a la sociedad en general. En todo momento, mantienen en su seno una constante tarea de difusión, información y postformación en apoyo del ejercicio profesional.

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Pueden destacarse, en este sentido, la edición de algunas de las más antiguas y prestigiosas revistas de Arquitectura Española; el mantenimiento de importantes bibliotecas especializadas; las creación y sostenimiento de laboratorios y equipos de asesoramiento o de archivos de planeamiento urbanístico; el funcionamiento de un selecto circuito de exposiciones, así como la organización de cursos y seminarios de especialización y actualización técnica y de debate cultural.

Creado por Decreto de 13 de junio de 1931, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España es el organismo que reúne a todos los Colegios para la consecución de los fines de interés común general. Asimismo, es el órgano de representación de los Colegios y de la profesión ante las corporaciones públicas y privadas, y ante los organismos internacionales, y última instancia de recurso en vía corporativa (aplicación de la Deontología profesional).

Sus funciones y competencias, así como las bases de su organización, vienen reguladas por los Estatutos para el Régimen y Gobierno de los Colegios de Arquitectos, aprobados por Real Decreto 327/2002 de 5 de abril, así como por lo dispuesto con carácter general por la legislación estatal en materia de Colegios Profesionales (Ley 2/1974, de 13 de febrero, modificada por Ley 74/1978, de 26 de diciembre; y Ley 7/1997, de 14 de abril).

Entre las funciones propias del Consejo Superior para el cumplimiento de sus fines conforme a los citados Estatutos Generales, cabe destacar, además de la representación unitaria de la profesión, "la elaboración y aprobación de la Normativa Deontológica General de la Profesión, así como la elaboración de normativas comunes y directrices generales de coordinación en materia de interés común y llevar el Registro General de Arquitectos formado por consolidación de los Registros colegiales debidamente actualizados".

Los seis Colegios iniciales que conformaban el Consejo eran los siguientes:

- COLEGIO CON CAPITALIDAD EN LEÓN: Provincias de. Coruña, Lugo, Orense, Pontevedra, Oviedo, León, Zamora, Salamanca y Palencia

- COLEGIO CON CAPITALIDAD EN BILBAO: Provincias de Álava, Vizcaya, Guipúzcoa y Navarra

- COLEGIO CON CAPITALIDAD EN BARCELONA: Provincias de Lérida, Gerona, Barcelona, Tarragona, Huesca, Zaragoza, Teruel, Logroño y Baleares

- COLEGIO CON CAPITALIDAD EN MADRID: Provincias de Santander, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Cáceres, Badajoz y Valladolid

- COLEGIO CON CAPITALIDAD EN VALENCIA: Provincias de Castellón, Valencia, Alicante, Albacete y Murcia

- COLEGIO CON CAPITALIDAD EN SEVILLA: Provincias de Huelva, Sevilla, Córdoba; Jaén, Granada, Almería; Málaga, Cádiz, Marruecos y Canarias.

En la actualidad, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España reúne a veintiséis Colegios:

- Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón

- Colegio Oficial de Arquitectos de Asturias

- Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas Baleares

- Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias

- Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria

- Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla-La Mancha

- Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y León-Este

- Colegio de Arquitectos de Cataluña

- Colegio Oficial de Arquitectos de Ceuta

- Colegio Oficial de Arquitectos de Almería

- Colegio Oficial de Arquitectos de Cádiz

- Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba

- Colegio Oficial de Arquitectos de Granada

- Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva

- Colegio oficial de Arquitectos de Jaén

- Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga

- Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla

- Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura

- Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia

- Colegio Oficial de Arquitectos de León

- Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid

- Colegio Oficial de Arquitectos de la Ciudad Autónoma de Melilla

- Colegio Oficial de Arquitectos de Murcia

- Colegio Oficial de Arquitectos de Logroño

- Colegio Oficial de Arquitectos de la Comunidad Valenciana

- Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro

Los ocho Colegio Oficiales de Arquitectos Andaluces están representados en el Pleno del Consejo Superior por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos.


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