Proyecto de Ley
Artículo 181. Ámbito de aplicación (concursos de proyectos) (artículo 184 del TRLCSP)
1. Son concursos de proyectos los procedimientos encaminados a la obtención de planos o proyectos, principalmente en los campos de la arquitectura, el urbanismo, la ingeniería y el procesamiento de datos, a través de una selección que, tras la correspondiente licitación, se encomienda a un jurado.
Enmienda CSCAE
Enmienda de modificación al apartado 1 del artículo 181.
1. Son concursos de proyectos los procedimientos encaminados a la obtención de planos o proyectos y dirección de las obras, principalmente en los campos de la Arquitectura, el Urbanismo, la Ingeniería y el procesamiento de datos, a través de una selección que, a través de la correspondiente licitación, se encomienda a un Jurado.
Justificación
En razón a garantizar la calidad de la creación arquitectónica y de la edificación y también los derechos de propiedad intelectual del autor del proyecto, para lo cual se hace preciso que -como norma general y salvo que el órgano de contratación efectúe la adjudicación por fases y así lo justifique-, la adjudicación comprenda tanto el proyecto como la dirección de obra; evitando además varios procedimientos, ahorrando costes y asegurando que el profesional que ha redactado el proyecto y por tanto conoce plenamente el mismo, sea el que asuma la dirección de la obra.